Si, comunmente cotizas todos los días y te indican un coeficiente de parcialidad del 50 %. Habría que revisar lo que me indicas con el informe de vida laboral. Si se extingue la relación laboral de una de ellas siempre que no sea baja facultativa si.
Lo que quiere decir que el complemento a mi media jornada queda en unos 270 euros brutos. La prestación por desempleo se cobra en función de la base reguladora, y en principio, si estas a media jornada se supone que cobras menos, no te afectará en solamente, y cobrarás en función de tu base, y de si llegas o no a los límites. Si optó por la de un año , comprendo que lo que me queda del otro trabajo de tres años y medio a media día no lo pierdo .pero claro para poder cobrar eso entonces debería estar asegurada en otro trabajo por lo menos 3 meses no ? Te expongo mi caso, tras 18 años haciendo un trabajo me despiden y cobro la prestación por desempleo en el transcurso de un año. De entrada sí que tendrías derecho a la prestación, es dependiente de la fecha de extinción de la relación laboral y la fecha de renuncia de la excedencia. Por otro lado, la cuantía es dependiente de la cotización en los últimos seis meses.
Estoy Haciendo Un Trabajo A Jornada Completa Y Me Dismuyen La Jornada
Hola estoy cobrando una asistencia antigua del cien% de la que me quedan 50 dias. Me propusieron cobrar esta o una exclusiva del 50% puesto que he estado a media día. Esta carta me la mandaton meses atras en un trabajo que si estaba día de 36 horas semanales y no lo admita.
¿Cuál es la causa de la extinción de la relación laboral entre contratos? Ya que será esencial para saber si tienes derecho a paro. Mi duda es la parcialidad de los 3 años de los seis que son necesarios cotizados al desempleo en los 20 totales. Es viable si antes estabas cobrando el paro, o venías de una situación legal d desempleo.
Duración Y Cuantía
No solo depende de la día, sino más bien asimismo de la base de cotización. De antemano quiero agradecerte y felicitarte por tu página y la gran impulso que nos ofreces a todos los que estamos perdidos en conocimientos de nuestros derechos laborales. Si tu último trabajo no es a jornada completa, no te corresponde en su totalidad el subvención. TE cuenta como un día entero, pero no tendrás derecho a compatibilizar, si el otro cambio de trabajo se debe a una baja voluntaria. Releyendo la respuesta, a lo destacado no lo entendí bien. ¿Tu base que me indicas se encontraba ya con la reducción no?
Producto 267 de la Ley General de la seguridad Social, situación legal de desempleo. Comprendo que no debes tener inconvenientes para solicitar el paro de manera parcial, puesto que la cita se haya predeterminado para después no debería perjudicarte. Hace una semana finalicé contrato temporal y hasta la semana próxima no me dieron cita en el SEPE. Sin embargo, me incorporaré a otra compañía esta semana a tiempo parcial . En cuanto a la duración, más allá de que cobremos sólo un porcentaje de lo que nos corresponde, lo gastaremos como si lo cobrásemos en su integridad, o en otras palabras, no se aumenta la duración de la prestación por cobrar solo una sección.
Es probable que finalicemos en poco tiempo la relación laboral mediante un despido improcedente con la indemnización legalmente establecida y reconociendo, por su lado, la improcedencia en el Servicio de Mediación y Arbitraje correspondiente. Para tener derecho a prestación por desempleo, tienes que tener cotizado por lo menos 360 días. Por otra parte, se tiene en cuenta los últimos 180 días cotizados, conque no te baja la base por no haber trabajado un mes. Eso si, tienes 15 días para solicitar el paro una vez que se te termine el contrato o te despidan. Buenas tardes, he estado cobrando el paro durante cuatro meses,. De los cuales el último mes y medio he seguido cobrando un % del total,.
No por el hecho de trabajar 12 horas a la semana se tiene derecho a compatibilizar el desempleo, sino hay que partir de una situación legal de desempleo. Por otra parte, es verdad que existen subsidios que se tienen la posibilidad de compatibilizar, subsidios que tienen la posibilidad de ser estatales, autonómicos o locales. Estoy cobrando la prestación por desempleo 890€ y me proponen un trabajo ha jornada parcial de 5 horas cobrando 690€. Si por poner un ejemplo, estamos haciendo un trabajo con una jornada parcial del 80%, podremos solicitar la prestación por un importe del 20%. Eso sí, consumiremos el paro tal y como si lo cobráramos al 100%, por lo que esta clase de compatibilidad no suele compensar. No me han aplicado ese 50% sobre el 70 % de mi base, sino sobre el porcentaje máximo de paro al que tendría derecho (algo mucho más de 500 euros, puesto que el año pasado asimismo tuve un contrato de media día).
¿qué Es La Bolsa De Horas?
Porcentaje de parcialidad de 47% por el hecho de que la día completa serian 8 horas. Se coge la media de los últimos seis meses cotizados. Así que es dependiente de la base cotizada en los dos empleos. Se acumular, a efectos de desempleo, todo lo cotizado en los últimos seis años.
Sobre la cuantía, será en función de las bases de cotización de los últimos 180 días antes de pedir el desempleo. Se podría en caso de tener derecho de extinción de la relación laboral, pero no como complemento. De todas maneras he leido en un artículo, que esto que hace el sepe es un fallo, puesto que la base reguladora se ve afectada por esa bajada de horas, y no tienen porque reducirla doblemente.
He tenido un contrato de 6 meses hasta el 20 de diciembre, y se me acabó el contrato y no me han nuevo. Cabe la compatibilización del Subsidio para Mayores de 52 años, con un trabajo, en el momento en que se ha concedido el subvención. Distinto es la compatibilidad del subsidio con algún trabajo parcial que se logra una vez que está concedido el subsidio. En este caso, la cuantía del subsidio se verá reducida en un 50%. Por eso, si tu contrato es temporal, es conveniente calcular si te resulta conveniente mucho más esta alternativa o parar el cobro y reanudarlo tras la finalización del contrato.
Si te refieres a otro tipo de asistencia, es posible que alguna de carácter local u autonómico. Mi pregunta es que a pesar de que seguía dada de alta de 2 empresas yo no he recibido dinero puesto que esta en desarrollo el Erte. Por ende entonces me harán un cómputo global o se van acoger a pagarme un 40% o un 60% cada vez que se vaya resolviendo un Erte. Estamos súper perdidos en esta situación y se agradece mucho tu ayuda.