Si Se Me Acaba El Contrato Tengo Derecho A Paro

En varias comunidades es requisito acudir con cita previa, en otras no. Este paso previo de apuntarse al paro es imprescindible para efectuar cualquier gestión que tenga que ver con el cobro de posibilidades por desempleo. En caso de que llegue el último día de contrato y la empresa no haya dicho nada, se debe de continuar haciendo un trabajo. Como hemos dicho, el contrato no se rompe solo por llegar a la fecha, por lo que hay que proseguir haciendo un trabajo hasta que la compañía no notifique lo contrario. Que hayan pasado los límites temporales, en tanto que con un contrato de obra o servicio puede perdurar como mucho 3 años, ampliable a 12 meses más.

Pues sino no entiendo el por qué al trabajador se le pide el preaviso, pero la empresa puede reportar en el último instante si se moderniza. No entiendo por qué razón es requisito preavisar del deseo de no revonar en el momento en que el contrato llega a su fin. Hasta el último día a mi no me informan si renuevo o no, por lo que, por qué razón tendría yo que ofrecer un preaviso de 15 días a la compañía? De la misma forma que se produciría unas molestias en la compañía, se me producirían a mi si de un día para otro puedo tener o no trabajo. El paso inicial para soliciar cualquier asistencia por desempleo es anotarse como demandante de empleo . Para esto es necesario acudir a los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, que comunmente comparten espacio en exactamente la misma oficina de empleo junto al SEPE .

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En esta entrada, te voy a comentar además de esto, si tienes derecho a cobrar la indemnización por fin de contrato y el finiquito. Ya que en determinados casos inusuales, sí que podrías cobrar ambos conceptos si bien no renovaras el contrato de trabajo. Si la duración del contrato no es mayor a un año, no es necesario preavisar con 15 días. Si no desea actualizar, no vas a tener derecho a paro ni indemnización. Mi contrato actual (eventual por situaciones de la producción) ya fue nuevo una vez y su duración ahora se ha extendido durante más de 6 meses. Usted dice que podrían hacerme otro contrato temporal, pero creo que esta clase de contrato unicamente se puede prorrogar una vez.

Sobre otro género de ayudas, puede que exista alguna en tu localidad o red social autónoma. Revisaría el convenio, pero en principio no es requisito preaviso. Mi compañía actual forma parte al convenio de los servicios de prevención Predisposición del BOE núm.

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Tienes los mismos efectos, la baja facultativa y la no renovación del contrato de trabajo. Si tienes razón que no tengo derecho a paro, pero esque quisiera hablar cn mi empresario de quisiera estudiar y si pudiera darme fin de obra y servicio en el despido y de este modo poder cobrar el paro y mi finiquito.. Va a depender totalmente de si la causa del contrato ha finalizado o no. De todas formas, si la empresa no te ha indicado nada sobre la finalización, entiendo que será una baja facultativa. El cual e tenido 2 prórrogas ahora justo cumplía el año.

En los contratos de obra cuando ahora hayas finalizado la obra para la que te han contratado. Por lo tanto, si decides irte de la empresa sin haber llegado a terminar la obra, no vas a poder percibir esa indemnización. Si lo que te harán es un nuevo contrato no tienes que preavisar, ya que tienes libertad para firmar un nuevo contrato. Si tienes un contrato eventual y ahora te han dicho que te lo van a prorrogar, si deberás preavisar, con el período que se indique en el convenio o en el contrato. Si aún no me dijeron que renuevo, ¿estaría teniendo una baja facultativa?

Sin embargo, si la relación laboral se extingue y se da un nuevo contrato con otras condiciones, puedes rechazarlo y tener derecho a paro. Si no deseas actualizar el contrato y finalizar el día 29/09, tendrás que preavisar con 15 días si el contrato ha durado mucho más de un año o si lo establece el convenio. Si quieres acabar antes, es una baja voluntaria y debes preavisar con lo que diga el convenio. Habría que mirar si es una renovación y lo que se trata de una modificación importante de las condiciones de trabajo, o se trata de un nuevo contrato. En el primero de los casos, lo que se tiene que solicitar es la extinción con derecho a una indemnización de 20 días al año trabajado con un máximo de 9 mensualidades y prestación por desempleo.

Que Derechos Tengo Si No Deseo Actualizar El Contrato Temporal

Las prestaciones por desempleo se pueden solicitar con cita anterior, como hemos comentado, pero también por Internet. En el momento en que se quiere pedir una ayuda por desempleo, es requisito soliciar cita anterior en el Servicio Público de Empleo Estatal . El plazo para pedir cita anterior es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se deja de trabajar.

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Entre las cláusulas de mi contrato es que estoy obligada a ofrecer un preaviso de 15 días en el supuesto de extinción voluntaria del contrato. Si ellos hacen mal un contrato lo que se puede solicitar es la condición de indefinido, así como si te renuevan con otro contrato que no hayas firmado, pero no puedes solicitar la extinción. Por lo tanto, si te deseas ir lo único es que hables con ellos pero que no señalen que la causa es por no renovación del trabajador. Tengo un contrato temporal de 4 meses el que me cumple el dia 31 de Diciembre. Mi intencion es no actualizar por el hecho de que no se ha cumplido ni una de las condiciones que me ofrecieron y segun leo al ser inferior a un año ni mi jefe esta obligado a ofrecer preaviso ni yo tampoco. Hoy me ha reunido diciendo que tengo que pensar que dias quiero cogerme en dias sueltos mis vacaiones en tanto que las debo gozar antes del final de año.

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No es obligatorio soliciar el paro o el subvención al dejar de trabajar, y no por ello se pierden las cotizaciones que se hayan hecho. Esas cotizaciones se podrán usar más adelante, cuando concluya otro contrato, siempre que no hayan pasado mucho más de 6 años desde el momento en que se cotizaron. Expirada dicha duración máxima, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación. Si cesa en un contrato de trabajo por fundamentos ajenos a su intención, va a poder tener derecho a una prestación por desempleo si reúne el resto de requisitos legalmente exigidos.