Absolutamente nadie le garantiza volver a su mismo puesto de trabajo, pero sí tiene un derecho preferente al reingreso en el momento en que haya una plaza libre en su misma categoría. Actualmente estoy haciendo un trabajo en la compañía por el hecho de que no deseaba perder mi puesto de trabajo,pero no he firmado las condiciones que me proponen,me he negado 2 ocasiones. Si que puedas hacerlo, salvo que se considere rivalidad desleal, en dicho caso te van a poder sancionar con un despido disciplinario. La excedencia facultativa no te afirma la reserva del puesto, por ende, una vez finalizada la excedencia vas a poder pedir la reincorporación, pero la compañía no tiene obligación de readmitirte si no posee un puesto de trabajo para ti. En excedencia voluntaria, si no estás haciendo un trabajo, andas desempleado, pero eso no significa que estés en situación legal de desempleo para cobrar el paro para ello tendrás que encontrar otro empleo.
En el momento en que le solicité la excedencia a mi tía, le pregunte como debía redactar la solicitud y me ha dicho lo que debía apuntar pero tras explicármelo dijo que no hacía falta poner fecha de vuelta, lo que me extraño pero pensé no pasa nada es mi familia. Charlamos que yo me iba de febrero hasta septiembre y quedamos en esto. El 11 de agosto le digo por mensaje en el móvil que como hacemos para la vuelta, como recupero las llaves, etc. No de responde durante prácticamente todo el mes y el miércoles 28 de agosto a las 17.05 me responde por mensaje móvil inteligente que mi reincorporación es imposible por falta de vacantes, que a ver si el próximo mes….. Puedes trabajar solicitando una excedencia siempre y cuando no sea rivalidad desleal ni existe un acuerdo sobre esto.
¿y Si Al Final No Me Readmiten En El Puesto, Podré Continuar Cobrando El Paro?
Deberás solicitar una declaración de la otra empresa acreditando que te había prometido contratarte para tener derecho a paro. No es una cuestión fácil determinar si existe rivalidad deseal o no, en tanto que habría que analizar la situacion más en profundidad. Te recomiendo que leas el artículo donde indico que se considera competencia desleal.
En el momento que se te concluya la excedencia tienes que solicitar la reincorporación en tiempo y forma para continuar teniendo derecho a desempleo. Mi idea seria solicitad una excedencia y un mes después trabajar para alguna ett en un trabajo de 1 días y de este modo localizarme en situación legal de desempleo y cobrar el paro y poder prepararme mi oposición. Quisiese coger una excedencia voluntaria durante los 3 proximos años para ir a trabajar a otro lugar que me da mejores condiciones. Si al cambiar de trabajo, por mes me despiden del otro trabajo con lo que sea, puedo elegir a cobrar el desempleo? De ser afirmativo podría cobrarlo los un par de años que es lo máximo que se cobra el desempleo? En tanto que no he cogido jamás el paro y hace mucho más de diez años que trabajo.
¿Podría ser esta excedencia motivo para abrir oportunidad a cobrar paro? No sé si hay mucho más gente en mi caso pero es muy frustrante haber dejado un trabajo para realizar otra cosa y al final , debido al coronavirus, no te contratan en otro ubicación y tampoco hay en este momento mucha oportunidad de buscar empleo. En el final te ves que te has ido en el instante equivocado y sin ningún género de ingreso.
¿Tengo Derecho A Prestación Por Desempleo Al Solicitar La Excedencia?
Extraordinariamente, no lo tendríamos, si pedimos la reincorporación fuera del plazo que tenemos para ello, en tanto que en un caso así, no sería un despido, sino más bien una baja facultativa. Estas 2 excedencias otorgan diferentes derechos a la gente trabajadores y tiene implicaciones diferentes para la Seguridad Popular y empresa, por este motivo, son diferentes las posibilidades de trabajar en otra empresa. La excedencia es un derecho de los trabajadores con el que suspenden temporalmente su contrato.
Si trabajas tendrás derecho a desempleo hasta el momento en que se concluya la excedencia que deberás solicitar la reincorporación. Ciertamente, si no solicitas la reincorporación o la empresa te rechaza la prórroga, deberás reincorporarte sino es baja facultativa. Mañana hablo con el Dpto de RRHH de la compañía, pero necesito estar informada porque siempre dicen que no a todo…me pasó con la excedencia por precaución de hijos y por último pude pedirla tras asesorarme con un abogado. En el primer caso, lo mejor es señalar que no vas a regresar cuando te queda un año de contrato y finaliza la excedencia (o intentar solicitar la prórroga). En el segundo, tendrías derecho a paro al terminar el contrato, pero deberías pedir el reingreso obligatoriamente. Buenos días alejandro, queria consultarte, yo estoy de excedencia voluntaria en una compañía que llevo 5 años pero en este momento estoy trabajando en otra empresa.
Excedencia Voluntaria: Requisitos, Reincorporación, Paro
El artículo enseña la situación de los trabajadores en compañías privadas, que aunque similar, no puede ser totalmente comparable a los gobernantes que tienen otra normativa, con lo que habría que comprobar la normativa aplicable a tu puesto. Me han comunicado que debo soliciar la reincorporación a la compañía aún no habiendo finalizado el intérvalo de tiempo de excedencia , y que me comuniquen que no me puedo reincorporar. Este artículo está pensado para personal laboral de la administración o trabajadores de la compañía privada, no soy especialista en función pública con lo que no te podría contestar.
Mi consulta es la próxima,quiero cambiar de empleo puesto que en el actual llevo bastante tiempo en condiciones insalubres,andas condiciones como es lógico ellos no las reconocen,pero quiero salir ya,porque tampoco me resulta interesante estar de baja bastante tiempo. Si te despiden del bar, podrás cobrar según lo cotizado en los últimos seis meses. No, no existe ningún tiempo establecido por la legislación. En lo que se refiere al bar, no sé cuanto tiempo me van a sostener, puesto que comienza a bajar el trabajo. Comprendo q la empresa no esta obligada a aceptar una excedencia voluntaria, o por ley si. Si esto se pudiera y resulta que en el otro Hospital me ha durado el contrato seis meses, podría volver en el momento en que se me concluya al hospital de origen donde solicite la excedencia o debería esperar un tiempo para incorporarme.
En el momento en que termine la excedencia, si no solicitas volver, se entiende que eres baja voluntaria, aunque lo mejor es comunicarlo, ya que si no comunmente la empresa no suele hacer nada, y de cara al SEPE prosigue vigente esa excedencia. Comprendo que no tienes derecho por no estar solicitado de su cuidado, pero puedes solicitarlo. Durante la excedencia no se cotiza, pero sí que la seguridad cotiza a ciertos efectos durante un intérvalo de tiempo de tiempo. A efectos de jubilación, a lo largo del primer año se comprende cotizado.
Para calcular la base de cotización de este paro que va a solicitar Ana, se tendrán presente sus cotizaciones amontonadas sin consumir, pero no el intérvalo de tiempo de tiempo cotizado en la compañía que le ha concedido la excedencia (en el ejemplo, la empresa de telefonía móvil). Entiendo la finalidad del tipo de excedencia por cuidados familiares, pero en mi caso puntual trabajo en horario 8-17h, y en la futura empresa trabajaría a turnos mañana-tarde (7-15 y 15-23h), que me vendrían mejor para cuadrar con mi familia el cuidado de mi abuela . En este caso, sí sería factible la excedencia por precaución familiar y poder irme a probar a la otra empresa?? Mi pregunta es si cogiera la excendencia por ejemplo el dia 1 de agosto, y con lo que fuera me echaran de la otra o me cumpliera el contrato el dia 15 de agosto ?