Si Estoy En Erte Y Caigo De Baja

El ERTE no afectará hasta el momento en que “termine el intérvalo de tiempo de reposo por maternidad o el permiso por paternidad”. Los casos se pueden solucionar según la casuística,en base a las respuestas de las guías del Servicio Público de Empleo Estatal .Resumiendo, en cualquier caso, es que no se pierden derechos y unas prestaciones van reemplazando a otras en el momento en que entran en vigor o vencen. Si en el período de 30 días naturales, contados desde la recepción de la notificación, realiza ante la Tesorería General de la Seguridad Social el ingreso que sea necesario para cumplir este requisito, se le considerará al corriente y se procederá a reconocer la prestación. Si volvieran a confinar España y aún estoy de baja, ¿mi empresa me puede meter en un ERTE?.

si estoy en erte y caigo de baja

Si la huelga tuviera la consideración de ilegal, no se va a tener derecho al subvención y la denegación subsiste aún cuando el trabajador se encuentre de alta en el régimen de que se trate. Mismo trabajador que el ejemplo 3, pero las contingencias comunes la empresa las tiene concertadas con el INSS. Mismo trabajador anterior, pero las contingencias recurrentes la compañía las tiene concertadas con el INSS.

¿Qué Sucede Si Estoy De Baja En El Momento En Que Comienza Un Erte?

Si el trabajador ocasionó baja médica de antemano a la huelga legal, seguirá percibiendo el subsidio de incapacidad temporal; esta misma situación también es válida en el caso de cierre patronal. Presentando pre-petición para la baja por IT, en el trámite Baja Prestación. Una vez tenga el alta médica, presente de nuevo pre-solicitud en el trámite Pre-solicitud de prestación individual. En los dos casos explique resumidamente, en el campo Visualizaciones, esta situación, que está percibiendo prestación por ERTE y que pasó a situación de IT o la ha finalizado. Los trabajadores a tiempo parcial están de alta durante todos y cada uno de los días que dure su contrato de manera que si la baja médica aparece un día en que no tienen que trabajar, nace la situación de |ITcomo si se tratara de un trabajador a tiempo terminado. Si en el último régimen el trabajador no era el responsable del pago, pero ha pertenecido a algún otro régimen en que sí lo era, se exigirá que esté al corriente únicamente si las cotizaciones a esos otros regímenes generan efectos para el ingreso o en la cuantía de la prestación.

Desde que el Gobierno declarara el estado de alarma, el número de empresas que ha recurrido a los ERTE para mantener en pie un negocio cerrado y la plantilla de trabajadores sin acudir a trabajar, no ha dejado de crecer. Pero, ¿cómo afecta esa resolución a trabajadores que están de baja o si la misma tiene rincón durante el periodo de tiempo de suspensión del contrato? Las casuísticas varían, pero ciertas encuentran respuesta en las guías desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal . Para resumir, la idea es que no se pierden derechos y unas posibilidades van sustituyendo a otras cuando entran en vigor o vencen. En cambio, si se inicia la baja médica a lo largo de la huelga legal o el cierre patronal, no se percibirá el subsidio hasta que estos finalicen. No obstante, si la incapacidad temporal está ocasionada por un incidente de trabajo, sí se reconoce y se paga la prestación.

Tratamiento De La Incapacidad Temporal De Un Trabajador Afectado Por Erte

En caso de que la IT esté protegida por una MCSS o empresa colaboradora, el SEPE suspende la prestación por desempleo y la prestación de IT se abona en pago directo por la MCSS o compañía colaboradora. Sin embargo, si el ingreso se realizara tras los 30 días, pero en el período de prescripción de 5 años, se abonará la prestación desde la fecha de efectos, minorada en un 20%. De entrada, si hablamos de trabajador responsable del ingreso de cotizaciones, va a ser necesario que esté al tanto, si bien la prestación sea conocida, como resultado del cómputo recíproco, en un régimen de trabajadores por cuenta ajena.

Indispensable, estar incluido en la novedosa Solicitud Colectiva presentada por la compañía. Para resolver esta cuestión, como es frecuente, recurrimos a la última intervención de los aconsejes del Servicio Público de Empleo Estatal en el programa La capital española Trabaja de Onda Madrid. El almacenaje o ingreso técnico que es empleado de forma exclusiva con objetivos estadísticos.

¿Qué Ocurre Si La Baja Arranca Durante El Erte?

Respecto a de qué forma hacer llegar la IT de un trabajador afectado por ERTE, la forma adecuada de hacerlo es en el fichero XML de periodos de actividad, pero difiere de qué manera llevarlo a cabo en función de si hay suspensión real de la relación laboral o hay reducción de día, pero a efectos del pago se transforma la reducción en suspensión. En esta casuística, no descartable pensando que un trabajador puede enfermar de coronavirus, si se da una baja por incapacidad mientras que se cobra el paro en el transcurso de un ERTE, hay que enseñar frente al Servicio Público de Empleo Estatal el una parte de baja médica y, en su caso, los unas partes de confirmación, así como el alta médica. “La situación de incapacidad temporal no interrumpirá el abono de la prestación”; señalan desde el SEPE. Si la baja es por enfermedad , como explica la magnífica guía del ERTE del sindicato CNT La capital española, «si durante la vigencia del ERTE, y por consiguiente, mientras percibes la prestación por desempleo, sufres una patología puedes soliciar una baja médica. El SEPE por delegación del INSS, te abonará la prestación por incapacidad temporal, cuya cuantía será igual a la prestación por desempleo, con el consumo correspondiente de días de prestación«.

Si le perjudica una incapacidad temporal mientras siente la prestación por desempleo como consecuencia de la suspensión de empleo o la reducción de la jornada laboral por un trámite de regulación temporal de empleo, deberá ponerlo en conocimiento del Servicio Público de Empleo Estatal . Además de esto, su compañía comunicará también los días de baja médica a través del pertinente fichero de días de actividad/inmovilidad. Si se encuentra percibiendo la prestación de incapacidad temporal y le tienen dentro en un procedimiento de regulación de empleo de suspensión o reducción de día por un ERTE, no le afectarán sus medidas hasta que presente el alta médica.

Posiblemente una compañía inicie un ERTE encontrándose algún trabajador en situación de incapacidad temporal o de maternidad o paternidad. Si a un trabajador le tienen dentro en un trámite de regulación de empleo de suspensión o reducción de jornada, no le afectarán sus medidas hasta que presente el alta médica o finalice el periodo de tiempo de descanso por maternidad o el permiso por paternidad. Si se encuentra en situación de incapacidad temporal o de maternidad o paternidad, y le incluyen en un trámite de regulación temporal de empleo de suspensión o reducción de día, no le afectarán sus medidas hasta el momento en que presente el alta médica o finalice el periodo de tiempo de reposo por maternidad o el permiso por paternidad.

Si se iniciara una baja por maternidad o paternidad a lo largo del ERTE “se le suspenderá el pago de la prestación por desempleo y empezará a cobrar la prestación por maternidad o paternidad, gestionada de forma directa por la Seguridad Social. Una vez que concluya la prestación por maternidad o paternidad, se reiniciará la prestación por desempleo a lo largo del tiempo que le quedara por percibir (haciendo el cálculo como en el caso anterior) y la cuantía que le correspondiera en el momento de la suspensión”, se apunta. Si se iniciara una baja por maternidad o paternidad durante el ERTE «se le va a suspender el pago de la prestación por desempleo y comenzará a cobrar la prestación por maternidad o paternidad, gestionada directamente por la Seguridad Social. Una vez que concluya la prestación por maternidad o paternidad, se reanudará la prestación por desempleo a lo largo del tiempo que le quedara por percibir la cuantía que le correspondiera en el momento de la suspensión», señalan. En el momento en que el hecho causante de la ITse produce a lo largo de los periodos de inacción, no se devenga el subvención.

Si la prestación por IT es al cargo de una Mutua, el SEPE suspende el abono de la prestación desde el primer día de la baja, manteniendo la cotización a lo largo de dicho periodo de tiempo. La cuantía que abonará el SEPE va a ser igual a la de la prestación por desempleo, con el consumo de los días de prestación que correspondan. El período de 5 años en que han de estar comprendidas las cotizaciones, se amplía en la misma proporción en que se reduce la día ciertamente trabajada respecto de la día habitual de la actividad de que se trate.