Me han comentado que puedo compatibilizar el paro con el trabajo por cuenta propia, dándome de alta en autónomos. Esto es, que si el nuevo trabajo es a jornada completa no se podrá compatibilizar el paro y un trabajo. Buenas noches, muchas gracias por haber contestado a mi consulta. Cuando me respondan a la solicitud procuraré coger cita para preguntar en el SEPE. Con la novedosa reforma laboral , me quede sin trabajo en Abril y la semana anterior tuve cita presencial en el Sepe para pedir la prestación, casualmente, me acaban de ofrecer un trabajo para empezar mañana mismo, y mi duda es la próxima. A fin de que logre compatibilizarse, es requisito que el trabajador lo solicite expresamente durante los primeros quince días del comienzo de la actividad laboral.
Nos encontramos intentando tus datos personales, por consiguiente, tienes derecho a acceder a tus datos personales, corregir los datos imprecisos o pedir su supresión en el momento en que los datos ya no sean necesarios. Igual o superior a los 360 días, podrás seleccionar entre cobrar la prestación anterior si no ha sido agotada o iniciar una prestación en base a la nueva cotización. Tienes que saber que, en el caso de elegir agotar la prestación previo, no se podrán usar la nueva cotización para una prestación posterior. En este caso, el 60% de la base reguladora (1.000 euros) serían 600 euros, pero como el trabajo es a media día se reduce al 50%, por consiguiente, pasaríamos en este caso a cobrar 300 euros, unos 150 euros menos. Pongamos que encuentras un trabajo con el género de contrato indefinido, la empresa te da de alta en la Seguridad Social y cotizas nuevamente.
Cuándo Se Comienza A Cobrar El Paro Tras Solicitarlo
Por poner un ejemplo, si cobrabas 700 euros de prestación (70% de la base reguladora) y encuentras un trabajo a media jornada, ya que tu prestación se reducirá al 50%. Ahora bien, ten en cuenta, que las prestaciones pasados los 180 días pasan a ser el 60% de la base reguladora, de modo que habría una nueva bajada en tu prestación. Lógicamente, el trabajo no puede ser a día completa y además de esto la prestación se va a ver reducida proporcionalmente a tu jornada laboral. Con carácter general, el trabajo, sea por cuenta ajena o por cuenta propia, es incompatible con el cobro de la prestación o el subvención por desempleo. Tendrías derecho a paro si cumples los requisitos como autónomo para cobrar la prestación. No, no se puede soliciar el paro que has generado en este empleo hasta el momento en que no te despidan.
Si el contrato es por cuenta ajena a día completa, al reportar al SEPE INEM se paralizará el cobro del paro, ya sea prestación por desempleo o subsidio lo que cobraba. Con un contrato a día completa no cabe la opción de simultanear cobro del paro (prestación o subsidios) y cobro del contrato. No tienes derecho a paro, por el hecho de que tendrías que estar cotizando mínimo un año, vas a tener derecho a la prestación por desempleo.
Contrato De Trabajo A Tiempo Parcial
Primeramente, si tiene un trabajo no frecuente y no residual no es requisito que se de de alta en la seguridad popular, con lo que siempre podrá compatibilizar ese trabajo secundario con el paro. Lo malo de esta opción es que siempre existe el peligro de que se considere que es un trabajo frecuente y se tenga que luchar en los juzgados. Son infracciones muy graves “compatibilizar la percepción de posibilidades o subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena”. Las sanciones del INEM al desempleado que trabaja cobrando el subsidio se regulan el el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Usada por Google plus DoubleClick para registrar e informar sobre las acciones del usuario en el sitio web tras ver o clickear en entre los avisos del anunciante con el propósito de medir la efectividad de un aviso y enseñar avisos concretos para el usuario. Registra una identificación única que se usa para generar datos estadísticos acerca de de qué manera utiliza el visitante el sitio.
El alta de autónomos no puede ser a media jornada, con lo que es imposible compatibilizar op ahí. Si que es cierto que el paro se puede solicitar la compatibilidad hasta nueve meses en el momento en que te das de alta en autónomos. Parados mayores de 52 años pueden seguir recibiendo el 50% del subvención que estaban cobrando tras ser contratados de forma indefinida o temporal superior a los tres meses. No va a ser de esta forma en el caso de contrato de inserción, ni en el Programa de Promuevo del Empleo Agrario o en caso de cargos directivos de una empresa. Para solicitar la compatibilidad hay que enseñar el contrato registrado en la oficina de prestaciones. En un caso así solo se tienen dentro las prestaciones contributivas y no otros subsidios.
Estoy Cobrando El Paro Y Quiero Darme De Alta De Autónomo
Las cotizaciones tenidas presente para la prestación por la que no has optado no van a poder aplicarse para una prestación posterior. El trabajador que se acoja a esta compatibilidad percibirá el 100 % de la cuantía de la prestación por desempleo con el descuento del IRPF, en su caso, y sin deducción de cotización a la Seguridad Social. Comunicar la colocación al Servicio Público de Empleo Estatal es una obligación que debe cumplir el trabajador beneficiario de posibilidades por desempleo, con independencia de que logre conocerse por otros medios, y la empresa que suscribe el contrato no tiene obligación de informar al respecto.
Con la Ley en la mano pienso que funciona dicha percepción. Pero he leído por ahí algún comentario que afirma que no es compatible por esta razón de superar el 50 % de la día. En cualquier caso, si que hay determinadas ayudas en algunas comunidades autónomas, para complementar el salario en el caso de reducción de día por almacena legal. Pero no tiene la cuenta de paro o prestación por desempleo. Si hubiera cotizado por más de 360 días en el trabajo, va a poder solicitar la prestación contributiva o el subsidio por insuficiencia de cotización si ha trabajado por lo menos tres meses y tiene responsabilidades familiares. Es importante que el trabajo finalice de forma involuntaria, ya que una baja facultativa no da derecho al cobro de posibilidades porque el trabajador no queda en situación legal de desempleo y por tanto, no cumple los requisitos para acceder a la protección por desempleo.
Si vas a trabajar por cuenta propia, asimismo es requisito informar a la oficina de empleo. 2) Comunicar la colocación personalmente, en la oficina de empleo. Si usted elige la prestación anterior, las cotizaciones que brindaron sitio a la novedosa prestación por la que no ha optado, no se tendrán en cuenta para entrar a una prestación posterior. Consultaaquí todos los requisitos para compatibilizar tu prestación con un trabajo por cuenta propia.
Lo normal es que se paralice el paro, y tengas que solicitar la compatibilidad del paro y el trabajo. No pasa nada por que pase tiempo entre trabajos, eso sí, sólo se tiene en cuenta lo cotizado en los 6 últimos años. Por este motivo, si estás un año sin trabajar por servirnos de un ejemplo, tendrás menos pero generado. Si te van a arreglar los papeles del paro es que te van a despedir, pero me da la sensación de que la compañía no te va abonar la indemnización que te corresponde. Si, funciona con otro trabajo, pero no cobrarás integramente el paro. Estoy indefinido en una empresa de seguridad y como no había trabajo me han brindado arreglarme los papeles del paro la situacion es q a su vez tengo un contrato de 4 horas al mes en otra empresa de seguridad para acontecimientos .