Comprendo que sí, además de esto que si hasta la actualidad te lo habían aplicado, se comprende que la compañía te reconoce el derecho. Los días de temas propios, depende del convenio tanto como el número de días como puede ser su disfrute… pero pocos los recogen. Si de manera voluntaria no respeta tus derechos, tendrás que reclamarlos judicialmente.
En cuanto a lo de las nóminas, interpondría una denuncia en inspección de trabajo. La directora del centro no me permite coger el día 24.12 como moscoso porque no puedo agarrarlo como día de vacaciones. Entiendo que los días moscosos son de uso personal y no se debe justificar el fundamento del mismo. En dependencia del Convenio Colectivo, en ciertos se establece que dichas horas se disfrutan estando de acuerdo empresa y trabajador, siempre y cuando se garantice la actividad ordinaria de la empresa.
No hay duda de que los funcionarios públicos sí que están en su derecho a días de temas propios, populares irrespetuosamente como moscosos en honor al ministro que los instituyó en 1983. De esta manera, el tribunal ha dado la razón antes de Cristo.OO. Y UGT en una demanda interpuesta contra la Fundación Diagrama. A juicio de los demandantes, la fundación se encontraba infringiendo el apartado K del artículo 54 del convenio colectivo. Consecuentemente, debemos anular los actos impugnados en la medida en que limitaron indebidamente al 30 de junio de 2013 el placer por la Sra.
Contestación
Gracias a que es un periodo de tiempo durante el cual se interrumpe la obligación del trabajador y se ausenta de su puesto de trabajo. En consecuencia, la empresa te puede imponer que recuperes esos días de asuntos propios. Buenas noches,agradecer por antelación la atención prestada mi pregunta es la siguiente.Me dieron de alta en una mancomunidad el día tres de marzo sin fecha de terminación, cuantos días de asuntos propios me correspondería? Teniendo en cuenta que no poseemos convenio,el primer contrato fue en el 2008 estuvimos 4 años consecutivo y desde el 2012 estamos de año en año de 8 a diez meses precisamente las mismas datas. En el convenio se detalla que el disfrute de los días de asuntos particulares no van a poder acumularse a las vacaciones anuales retribuidas. Hola, Yo soy personal laboral del sermas, quisiera comprender si la dirección de mi centro tiene tiempos establecidos para la denegación de un día de libre disposición?
Por consiguiente, a menos que el convenio colectivo establezca otra cosa, no se tiene derecho a días de asuntos propios. La verdad es que pocos convenios establecen el derecho a los trabajadores a tener estos días. Es verdad que los funcionarios, como más adelante detallaremos sí que tienen derecho, pero no así los trabajadores del campo privado. El derecho a las vacaciones no consumidas por una incapacidad temporal no es aplicable a los privilegios por temas propios. Las personas trabajadoras tienen reconocido constitucionalmente el derecho a vacaciones periódicas retribuidas con cargo al empresario (art. 40.2 de la CE).
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Por tanto, si no se muestra el justificante médico sería una sepa injustificada. Conque, la empresa podría sancionar al trabajador por ello. Y si lo muestra, pero no ha cogido la baja, la ausencia sería justificada. Sin embargo, ese día no será retribuido, a menos que el convenio o contrato diga lo contrario. Buenos días, soy Jesús, prejubilado por contrato de relevo y personal laboral de Municipio.
No te los puede denegar ni descontar en la nómina si lo recopila como permiso retribuido el convenio colectivo. El ejemplo que pones no sería un permiso retribuido a menos que lo recoja el convenio, pero en mi opinión, salvo que exista una causa objetiva de imposibilidad, se perdería el permiso retribuido y sería una ausencia injustificada. Sí, es un permiso retribuido, y en consecuencia te deben pagar el salario, que te podrán descontar si en el semestre natural existe una sepa infundada como indica el producto. Tiene la posibilidad de tener diferentes horarios o jornadas y ser perfectamente acertado, mencionado lo anterior, habría que ver el convenio si es que tiene una relación laboral y investigar el caso más específicamente. Tener exactamente los mismos derechos no supone tener exactamente el mismo horario.
¿se Pierden Los Días De Asuntos Propios Y Las Vacaciones Estando De Baja?
PLANTEAMIENTOUn trabajador de la compañía ha comunicado a la dirección de la empresa donde presta servicios su intención de ausentarse a lo largo de la jornada de trabajo para acudir con su hijo de 6 años de edad al médico. Esto es una de las cuestiones que más se suelen plantear los trabajadores que son despedidos. Puesto que como la mayoría sabe, los días de vacaciones que no se han disfrutado los debe abonar la compañía en el finiquito. Sin embargo, al tratarse de un término muy distinto al de las vacaciones, resulta conveniente que sepas que no se incluyen en el finiquito.
Esto es, será el convenio colectivo, contrato o acuerdo el que constituya la manera en la que tienes que hacer llegar que vas a disfrutar de días de temas propios. Por norma establecida, en el ámbito privado, los días de asuntos propios no serán remunerados y, por tanto, los descontarán del suelo. Por tanto, si tienes ganas de saber si tienes o no derecho a días de temas propios vas a deber comprobar el convenio colectivo o tu contrato de trabajo. Se supone que debes emplear el tiempo indispensable para ir al médico. Pero si vas a demorar horas, es recomendable que solicites un día de asuntos propios si tu convenio te reconoce ese derecho. Las reglas de de qué forma poder gozarlos vienen especificadas en nuestro convenio.
Es decir, excepcionalmente, sí que sería viable que esos días fueran considerados como de trabajo, y computaran por este motivo, si de esta manera lo reconociera su convenio. Como es un permiso que unicamente se concede cuando así lo reconoce el convenio colectivo, deberías ver lo que afirma tu convenio. Allí podrás ver con qué antelación lo tienes que realizar. Y si no afirma nada, lo destacado es que preavises con la mayor antelación que logres. Siento comentarte que por una cuestión de tiempo, en esta sección no revisamos convenios colectivos particulares.
¿puede Establecer Mi Convenio Colectivo Alguna Limitación?
Si eres personal laboral, se te aplica el Estatuto en lo que se refiere a los permisos remunerados. Todos y cada uno de los permisos retribuidos, según el Estatuto de los trabajadores, deben notificarse con la mayor anticipación viable para que la compañía pueda sustituir al trabajador si fuera preciso. De este modo, el artículo 48 letra k) del Estatuto Básico del empleado público -EBEP-establece que los funcionarios van a tener derecho a seis días por año por temas particulares. El producto 37 del Estatuto de los Trabajadores regula los privilegios retribuidos de la gente trabajadoras. PLANTEAMIENTOUn trabajador solicita a su empresa el permiso de tres días laborables con sueldo y sin descontarlo de las vacaciones, reconocido por el convenio colectivo de app a su relación laboral, por alumbramiento de su esposa. Por el hecho de que una sentencia del Tribunal Supremo, cree que ese tiempo de libre disposición del trabajador no tiene la cuenta de el mismo instante de trabajo.