Las nominas y ingresos hasta el mes pasado me pagaba la compañía el ingreso venia al nombre de minempresa . Otro apunte es que hemos sufrido un Y también.R.E de extinción este 25 de mayo y la empresa ha entrado en concurso de acreedores, además de esto prosigo de baja por enfermedad común. Es dependiente de como estabas cuando comenzaste la baja por incapacidad temporal. Comprendo que estarías haciendo un trabajo, en tal caso, te lo pagará la recíproca o el INSS, debes solicitarlo. ¿Tienes la cotización anterior para tener derecho a la baja por incapacidad temporal? Esto es, no se si tienes cotizados 180 días en los últimos años, sí es que sí, deberás reclamárselo a la empresa el pago.
En este momento tengo una baja y se me expone la situación de que no sé qué cuenta dar a la mutua, si la de la compañía o la mía personal donde recibo mi nómina. Por un lado entiendo que es una prestación al trabajador autónomo pero por otro no sé si debo comprender que sustituye a la nómina y la minora al no poder trabajar ese tiempo. O va aparte, y debo pagarme la nómina normalmente y además recibir la prestación. Si andas de baja por incapacidad temporal, te va a pagar el INSS o la mutua cuando se extinga la relación laboral. Que valla el hijobde puta del jefe a trabajar fuera yva la mujer ahora sebla follonyo de paso puws la citavera connla seguridad popular y al no acudir ahora el mes pasado cobre 900 euros en el momento en que tenian que haber rondao 1200 euros como meses precedentes …..
Sí, debes pedir el pago directo al INSS o mutua según tenga la empresa las contingencias recurrentes. El día 03 de septiembre el médico de cabecera me dio el último parte meduco y me dio que desde ese momento ya me llamaría el inss o icam. Fui a mi traumatólogo el día 24 de septiembre y no me ha dado el alta. En este momento no se quien me paga y no se si estoy de baja o altappr la sss. ¿Sostienes la relación laboral con la empresa?
Pero, ¿sobre Quién Recae El Abono De La Prestación A Los Trabajadores Durante La Baja?
Exigir la extinción de la relación laboral en virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Al igual que en la situacion anterior, nos encontramos frente a un pago delegado, abona el empresario, pero el responsable último es la recíproca de accidentes de trabajo. A partir del día 16 de baja el salario que abona el empresario será sufragado por la seguridad social.
Si el trámite y la petición de pago lo realiza el trabajador. Imagino que deberé hablar con la recíproca para que me aclare si me pagará ella al final y cuándo, pues me solicitaron presentar una denuncia ant Inspección para el pago pero estoy perdido con esto. Nuevamente, gracias por responder a todos y asistir. Estando de baja no laboral desde el 28/06, y viendo que iba a peor , hablé con la recíproca y solicité el pago directo, sin enseñar la papeleta de conciliación, pero denunciando frente a la Inspección de Trabajo. La mutua me dijo que lo hiciera de esta manera, puesto que precisaban el escrito de demanda adjuntado con su formulario.
Cuánto Se Cobra Estando De Baja
En este momento te pagará directo, si deseas que se considere como incidente o enfermedad profesional tienes que iniciar un trámite de determinación de contingencias que se enseña en esta entrada. La recíproca te seguirá pagando y asumiendo el coste sanitario mientras estés de baja. Además de esto habría que ver la carta de despido para demandar por despido. Te debe abonar la seguridad social pidiendo el pago directo desde la extinción de la relación laboral como se indica en el producto. Estoy en trámites judiciales por reclamación de cantidad a la empresa que no ne pagó el último mes ni finiquito ni nada.
Si corre el paro, ese beneficio sólo es para los trabajadores afectados por un ERTE. Por otro lado, habría que comprobar si tienes derecho a un subsidio. Te notificarán que te tienen dentro en el ERTE, pero te sigue pagando la empresa introduciendo el 25% si de esta manera lo establece el convenio. Hola Alejandro, estoy de baja de Enfermedad común y me desean meter en un ERTE, el día 30 tenía que ir al INSS al cumplir los 12 mese y me lo ha anulado hasta el momento en que me informen, si me meten en el ERTE, quien me paga? Por otra parte, desde el próximo día 1 de abril mi compañía va a utilizar un ERTE por el 50% de la día.
El pasado 23 de marzo, mi marido acudió a la mutua y le brindaron la baja por un accidente laboral. Al día siguiente la empresa le rescinde el contrato por finalizado ( según ellos). Supongo que la empresa le va a pagar hasta el día 23.
¿quién Paga La Nómina De Un Trabajador De Baja?
Si no tienes 180 días cotizados en los últimos cinco años, no tendrás derecho a prestación. Tienen que pagarte los días que has necesitado de curación, que acostumbran a encajar con los días de baja, aparte de las consecuencias pero no posee por qué razón. Lo mejor es que hables con un abogado, o el letrado de la compañía a fin de que reclame lo que te corresponde.
No tienes que realizar nada mientras que estés de baja. Si no percibieras tu pago a lo largo de tu baja, solo en un caso así, habla con la Recíproca y solicita una explicación. Buenos días, una pregunta… cogí la baja el 25 de Enero.
En otras expresiones, al trabajador le paga el empresario,y éste a partir del día 16 le va a poder exigir a la seguridad social que le abone el sueldo que antes ha abonado al trabajador. Que nos pague de forma directa el empresario, no quiere decir que el sea el que cubra ese pago, sino dependiendo de la baja el va a poder reclamar ese salario abonado a la mutua o a la Seguridad Popular. Esto es lo que se conoce como pago delegado. El empresario debe asumir el coste de seguridad popular a cargo de la empresa, pertinente a ese trabajador.