Comunmente es la compañía la que sigue abonando la baja. A los dos días del cierre tengo cita con el medido y por mi situación voy a proseguir de baja, entiendo que la medica no me va a dar el parte porque no hay empresa ¿ debo ir antes al Centro de Atención y también Información de la Seguridad Social ? Fue a soliciar el paro y no puede conseguirlo pues es un despido por no sobrepasar la fase de prueba…. Injusto total en este momento no entendemos si va a cobrar la baja o no…..
El 12 de febrero nos despide la compañía y estoy dada de baja por contingencias comunes, llevo ahora múltiples meses. Siempre se puede impugnar el despido, pero habría que ver la causa alegada por la compañía. Si no os pagan, denuncia en inspección de trabajo y solicitar el pago directo. Hola buenas noches tuve un incidente laboral y se realizó responsable la mutua pero se me acabo el contrato y la compañía no me ha nuevo .Mi pregunta es que la mutua me desea abonar el 75 por ciento es normal? Yo creía que tenía que pagarme el cien por ciento siendo laboral el incidente. Otro dato es que hemos sufrido un E.R.Y también de extinción este 25 de mayo y la compañía ha entrado en concurso de acreedores, además sigo de baja por patología común.
Comprendo que prosigues de alta en una empresa, y la base no varía por prolongar la baja. Coloca una denuncia en la inspección y pide el pago directo a la seguridad social. Para meter presión, lo único que puedes realizar es presentar una demanda en la inspección de trabajo.
Pedir El Pago De La Baja Si Eres Trabajador Por Cuenta Extraña
Si la Recíproca acepta nuestra petición, emitirá una orden de pago a la Seguridad Popular, que se encargará de abonarnos la pensión. Si es la primera oportunidad que estás de baja por incapacidad temporal seguro que te haces muchas preguntas, por ejemplo, qué día paga la Seguridad Social o cuánto cobrarás. Independientemente del género de baja laboral del que se trate, en este articulo tienes todas y cada una de las indicaciones para entender de qué manera puedes pedir tu baja.
Buenos estuve leyendo los post, gracias por adelantado por la tarea que haces; y ando totalmente perdida. La verdad que es un tema complejo, pues he hecho la misma pregunta en otras plataformas y unos me dijeron lo mismo que tú, mientras que otros lo opuesto. En principio, el SEPE comienza nuevamente a pagar el diez.
La Incapacidad Temporal
A inal d este mes se me acaba el contrato q me hicieron., estando d baja puede la compañía darme la finalizacion del contrato? No es tiempo, sino que si estás de baja por incapacidad temporal no se te puede ofrecer la baja por peligro en el embarazo. Te tienen que dar el alta si andas recuperada, y luego lograras solicitar la baja por riesgo en el embarazo. La mutua te seguirá pagando y asumiendo el coste sanitario mientras estés de baja. Además de esto habría que ver la carta de despido para demandar por despido.
Se ha asimilado las bajas del Covid a contingencias profesionales, con lo que se debería abonar es el 75% de la base. Buenas tardes, trabajo en la hosteleria y estoy de baja IT desde el pasado 19 de febrero. En el tercer mes del año cobré la nómina pero lo predeterminado por ley. Mi convenio colectivo marca que debo cobrar el cien por ciento desde el primer día. Lo reclamé a la compañía y me dijo que no me pagaría ese 30 por ciento de sobra. Buenos días, Estoy de baja por incapacidad temporal, y pusieron un sustituto en mi puesto de trabajo, queria entender en el momento de pagarme el sueldo, el 25% que me quitan lo hacen sobre la base reguladora o sobre la base de mi sueldo.
El Sepe Cambia Este Requisito Para Entrar A Los Subsidios Por Desempleo
En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, la baja se calcula proporcionalmente al número de horas que trabajan. De esta manera, si un trabajador a tiempo parcial está de baja por patología el día diez, pero solo trabaja 3 horas al día, la recíproca le abonará solo el 3% de su salario. La empresa demenos de 10 trabajadores y con un usado en situación de incapacidad temporal, con una duración de la baja médica superior a 6 meses sucesivos, podrá mover la obligación del pago directo a la mutua. La empresa cotizará, por consiguiente, la cuota empresarial, y la mutua la cuota obrera. Las vacaciones generadas y no disfrutadas te las paga la empresa no depende del INSS. Sobre soliciar el alta médica, no lo haría si no estás apta para trabajar, se puede cotizar después como explico en este artículo al solicitar el paro en el momento en que te den el alta.
Eso sí, en algunos convenios colectivos se contempla cobrar el 100% de la base desde el primer día. Caso de que esta fecha caiga en festivo, el ingreso se hará el día inmediatamente anterior.
No sé con quién comunicarme dentro de la seguridad social para enseñar mis dudas. El mes pasado , la empresa me pagó el 75% de mi sueldo neto, no del sueldo bruto como bien enseña la página de la seguridad social. He contactado con el INSS y me remite a la mutua Asepeyo. La mutua me dice que no puede realizar nada, que lo encuentre una solución con la compañía, con el comité.
TE proseguirán pagando hasta la fecha de la resolución que te llegue denegando la incapacidad, y si es concediéndola, te pagará a partir de esa fecha la incapacidad persistente. Quiero entender si prosigo estando de baja, seguire cobrando baja mientras no me logren refererir, y si la fecha de alta sera la del dia que me citen si me la dieran en ese instante o se remitirian a la fecha de finalizacion de la prorroga de 6 meses. Deseo entender si sigo estando de baja, seguiré cobrando baja mientras no me puedan citar, y si la fecha de alta sera la del dia que me citen si me la dieran en ese momento o se remitirian a la fecha de finalizacion de la prorroga de 6 meses. El 14 de marzo el restaurante ha cerrado y ha hecho un erte en el cual dicen que me han incluido y que me va a pagar el sepe.
La seguridad popular me dio de baja por ansiedad laboral por un acoso que estoy recibiendo en el trabajo tras ir a urgencias. No se pierde la antigüedad, y sí, puedes ver el convenio de suscripción. Te paga el INSS o la mutua en función de con quien tenga la contingencia la empresa. Si no existe complemento, no, solo se abona el 75%.