Solo contamos hasta el 29 para denunciar y al vivir en una isla pequeña no tenemos modo de consultarlo con otro abogado. La única opción para ampliar esos 3 años como máximo sería que el convenio sectorial estatal o uno de ámbito inferior de esta manera lo dejase. El Convenio del Ayuntamiento no afirma nada al respecto y ahí reside mi principal duda. El Supremo cambió de criterio y ya es imposible aplicar a las Entidades Locales el del personal laboral de la AGE. Además de esto siempre y en todo momento pensé, no sé si me equivoco, que el Convenio General solo se aplica si no hay uno específico en la compañía.
Por consiguiente, hay un día mucho más para la presentación de la papeleta de conciliación laboral o demanda, pero siempre que se haga antes de las tres de la tarde del día 21 hábil desde la fecha de efectos del despido. Antes de comenzar los trámites judiciales para reclamar los sueldos impagos hay que procurar lograr un acuerdo a través de un acto de conciliación. Para hacerlo hay que presentar una papeleta de conciliación frente al Centro de Conciliación, Medición y Arbitraje en la que se resuma la situación y se indiquen las cantidades adeudadas. Declaración del despido como nulo, en el momento en que la contestación demanda laboral es esta el trabajador ha de ser admitido a su puesto de inmediato.
¿Qué Pasa Si Presento Directamente Demanda Y No Papeleta?
O sea, en un convenio con la empresa bien por el hecho de que esta reconozca las cantidades que debe o porque se alcance una entente diferente que satisfaga a ambas partes. Este derecho está recogido en el artículo 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el tercer apartado del artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia puede ser de viva voz, aunque entonces debe de ponerse por escrito.
Comprendo que indicas que te quedan 19 días por que sólo has tardado un día en enseñar la papeleta, puesto que el período no se reinicia. Para enseñar la demanda, tendrás que preguntar en el juzgado. Comprendo que no existe incompatibilidad entre la papeleta y la demanda, pero si deseas conciliar, presenta demanda y negocia con la empresa y si alcanzas un convenio lo recoges en sede judicial. El caso es que me llama la compañía para preguntarme si he recibido cita del SMAC (iniciales que ignoraba completamente). Mi caso es que me han comprado 20 días en lugar de 33 que me corresponden. He visto que para reclamar proporciones el plazo es de 1 año, si es despido y cantidad también?.
La Demanda Laboral Por Despido
Por su lado, el empresario dispondrá de, como máximo, 10 días para abonar la cantidad adeudada. El primer paso del desarrollo es la presentación de la papeleta de conciliación. Hay que llevar a cabo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la ciudad del trabajador y de la compañía.
Tengo una sentencia por el juzgado lo social por un despido improcedente a mi favor. No se puede realizar la sentencia pues esta la empresa en certamen y ahora emitió un certificado de deuda que no semeja nada a eso que ha dectaminado el juez. O demando de forma directa en el juzgado mercantil para realizar la sentencia.? Tienes que contar, los días hábiles que has consumido hasta presentar la papeleta, más 15 días hábiles desde la que presentantes sin que se celebre la conciliación, y después los restante de los 20 que tenías y que habías consumido. Puede que en el momento en que celebres la conciliación estés fuera de plazo, conque presenta la demanda en este momento.
En el que ellos me afirmaron que ponían predisposición mia un letrado para que presentase la papeleta de conciliación en el semac para firmar dicho acuerdo y en 72 horas tendría el dinero. Llamo a la empresa y me dicen que eso es de manera confidencial el acuerdo y que hay que aguardar por semac que nos dé cita y que se hará, que no me preocupe. Desconfío un tanto, no se si es normal, ni que debería de hacer, por que claro , si presento yo una papeleta, no se si interrumpo todo esto.
Plazos Para Una Reclamación Laboral
Si eres personal laboral y demandas frente a los juzgados de lo popular, en mi opinión, el plazo empieza a contar desde la fecha de extinción. Desconozco y dudo que exista alguna sentencia que realice referencia a ese plazo que dice el letrado de la administración. Si es el 1 de julio, andas todavía en plazo por lo que muestra ahora la papeleta de conciliación laboral. Te recomiendo este artículo referente a la papeleta de conciliación laboral. Tienes 20 días hábiles para impugnar el despido y un año para reclamar el finiquito.
Cómo Realizar Una Reclamación De Cantidad Laboral
En principio, el trabajador no puede realizar nada y entra dentro del poder de organización. Reclamación de derecho y cantidad si os están aplicando un convenio de forma incorrecta. Depende de cuanto quieras reclamar, si quieres conseguir más indemnización, 20 días. Si solo deseas reclamar la indemnización que ya te han reconocido, 1 año desde el momento en que te la deberían de haber abonado y no lo hicieron.
La Papeleta De Conciliación
En cualquier caso, con el tema de los plazos se ha de ser cauto y nunca aconsejaría a un trabajador demorar la recogida de un burofax o efectuar cualquier género de comportamiento para evitar ser notificado si se tiene sospecha de que será despedido. Sí, es posible solicitar el pago de intereses por esa deuda. Para iniciar, el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores permite integrar en la reclamación un 10% en concepto de interés de forma anual moratorio laboral. Que las proporciones exigibles estén vencidas y que su cuantía esté determinada por la relación laboral, salvo en el momento en que tienen carácter colectivo.
La declaración del despido como improcedente, cuando es esta la contestación demanda laboral el trabajador está en su derecho a la reincorporación en su puesto. Caso de que no se pueda reincorporar va a tener derecho a una mayor indemnización. La demanda laboral por despido se interpone para impugnar la decisión del empresario de terminar a la relación laboral de forma unilateral. Esta demanda debe ser presentada después de intentar una conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación .