“Entiendo que la sepa puntual a tu puesto de trabajo aduciendo que tienes que cuidar de tu hijoestá justificaday que, aun, se podría proteger que este día sea retribuido”, explicó, si bien admite que esto último no está claro en la ley y que existen diferentes puntos de vista al respecto. La compañía puedepedir pruebasde la imposibilidad de escapar del lugar de vivienda o de trasladarse hasta el puesto de trabajo. “El empresario puede solicitarle que acredite dónde vive y que efectivamente desde allí no hay medio de desplazamiento ordinario sin hacer una heroicidad”, explicó Godino Reyes a TVE. Si es viable llegar hasta el puesto en transporte público, la ausencia no va a estar justificada. Con la pandemia de coronavirus, el teletrabajo por el momento no es quimera, pero no es posible para todos los empleos.
El hecho de que el Estatuto de los Trabajadores no recoja el sistema de restauración de las horas no trabajadas, hace que o bien logre descontarse el salario semejante al tiempo no trabajado, o bien a que esas horas se deban recobrar en otro instante; la única opción que no es viable, es compensar esas horas con días de vacaciones. La ausencia del trabajo por causa de fuerza mayor, que es donde se englobaría el caso que nos presentas la podemos encontrar en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, pero a pesar de ello, no se establece el sistema de restauración de esas horas “perdidas”. El caso de la nevada que ha colapsado múltiples ciudades de España no es imputable al empresario, ya que se puede comprender que no es el culpable de las inclemencias metereológicas. Así que sobre el papel sí que se podría pedir la compensación de la realización de la prestación de servicios o del trabajo en otro momento, pero advierte que podría ser una potencial fuente de enfrentamientos con los trabajadores. “Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato pues el empresario se retrasare en ofrecerle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, este preservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo efectuado en otro tiempo”.
¿Deberé Compensar Las Horas?
Se puede soliciar un justificante a la Administración que sea correcto, ya sea el Ayuntamiento en el que se hayan cerrado vías o la comunidad que gestione las carreteras o los transportes públicos. El temporal de nieve de la borrasca Filomena ha convertido en una misión irrealizable acudir al trabajo hoy para bastantes ciudadanos. Caminar por la calle o conducir con grandes bloques de hielo sobre la calzada puede ser realmente arriesgado en ciudades como La capital de españa y en zonas del centro y el este de la Península.
Ahora, recogemos los derechos y obligaciones de los trabajadores en una situación como esta y respondemos a las principales dudas. En España, el justificante de trabajo es un archivo legalmente válido y su uso está regulado por el Ministerio de Trabajo. Si bien el archivo no es obligación, su empleo es muy sugerido tanto para el trabajador como para la compañía para acreditar la relación laboral que existe entre ambos. En España, el mal tiempo y la nieve pueden ser una enorme preocupación para los trabajadores.
Han Cerrado Los Institutos Y Debo Cuidar De Mis Hijos, ¿puedo No Ir A Trabajar?
Además, el trabajador debe estar libre para trabajar en su lugar de trabajo, si el empleador lo pide. Por otro lado, el letrado también explica si un empresario puede despedir o sancionar a un trabajador que no desee ponerse la vacuna del Covid-19. Íñigo afirma que un empresario, lo que sí puede realizar, a la hora de contratarlo, es demandarle si se ha vacunado o no. “Un empresario puede elegir contratar a un trabajador en función de si se ha vacunado o no”, arguye. ¿Exactamente en qué situación quedan los trabajadores en la situacion en el que se deban quedar a cuidar de sus hijos por el cierre de los institutos? En estas circunstancias, si los progenitores no tiene nadie que logre hacerse caso de sus hijos, se verán obligados a quedarse en el hogar para cuidar a ellos y así, faltar a su puesto de trabajo. Lo que debe realizar el trabajador en una situación de esta manera, apunta, es “dar aviso”, llamar a su compañía y argumentar que no puede acudir por la situación de los transportes o si la ruta hacia el puesto se encuentra irrealizable de recorrer.
No pienso que se logre reclamar al empresario garantizarle al trabajador el regreso a casa o que se lo tenga que compensar. Sería el mismo supuesto que si no puede ir, pero a la inversa”, concluye Sergio Herrero, letrado de Legálitas. Asistir al trabajo se ha convertido en misión casi irrealizable por los efectos de la borrasca “Filomena”. Un caso de muestra de ello han sido las imágenes de sanitarios recorriendo enormes distancias caminando ayudados de bastones de senderismo para relevar a sus compañeros. Con numerosas carreteras aún cortadas, los medios de transporte suspendidos o funcionando con menor frecuencia y con las calzadas llenas de hielo, varios trabajadores se preguntan qué consecuencias les puede conllevar no asistir a su puesto de trabajo.
En este se establece que el contrato de un trabajador puede verse suspendido por “fuerza mayor temporal”. Esta causa de suspensión puede aplicarse a la sepa en ocasiones de temporal de nieve. Se debe tener claro que, aunque no haya una regulación concreta, además de lo que se haya negociado en ciertos convenios colectivos, la compañía no puede sancionar al trabajador afectado por el temporal de nieve y que no puede asistir a su puesto.
Aún de este modo, la clave de este tema, apunta García Carrasco, está en el artículo 14 de la Ley de Prevención de Peligros Laborales, que señala que los trabajadores están en su derecho a una protección eficiente en el trabajo” y que el empresario deberá asegurar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Con una normativa tan ambigua, que no cierra ni contempla específicamente estas situaciones, una referencia importante es la sentencia del Tribunal Supremo dictada en 2009. La sentencia rechazó sancionar a una profesora que no acudió a su centro escolar por el estado deplorable de las carreteras debido a una gran nevada. En la situacion de tener que adoptar la decisión de asistir o no al puesto de trabajo en la mitad de un temporal, puesto que el movimiento puede suponer un riesgo alto, el trabajador está amparado por lo regulado en el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 45.1. Estas situaciones, que ocurren cíclicamente, una o dos veces todos los años, y en algunas zonas en mucho más ocasiones ya que son mucho más comunes las crecidas de agua o temporales de nieve, no están reguladas de manera concreta en nuestra legislación. El abogado laboralista Juan Antonio Salmerón reconoce, al ser preguntado por RTVE.es, que la duda no tiene “solución fácil”, como ahora ocurrió al inicio de la pandemia en el tercer mes del año de 2020.
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Las horas perdidas hay que recuperarlas y la forma de llevarlo a cabo va a depender del convenio colectivo o del acuerdo entre trabajador y empresa. El abogado laboralista explica que, en los casos en los que resulte posible, una vía sería el teletrabajo. El anteproyecto de ley del teletrabajo “sí que se preveía la oportunidad de un teletrabajo ocasional cuando existían causas de fuerza mayor familiar”, explica Sergio Herrero. Por lo que, en definitiva, la manera de recuperar las horas se decidirá en una negociación. Ese sería la situacion de un peligro radical que piensa para un usado acudir a trabajar en un vehículo con la carretera helada; o por el hecho de que sea imposible llegar al puesto de trabajo porque los medios de transporte (como el tren o el autobús) estén cerrados. Es decir, según explica Alternativa Sindical, faltar al trabajo por motivos de climatología desfavorable “no puede ser sancionado” ahora que hay una causa de fuerza mayor.
Es importante tener en cuenta que, si no puedes llegar a trabajar, se te aplicarán algunas reglas de sepa. Esto quiere decir que puedes ser sancionado por sepa injustificada si tu empleador cree que no hiciste todo lo posible para presentarte a trabajar. Por ejemplo, si tu empleador considera que has podido llegar a trabajar pese a la nieve, probablemente se te coloque una sanción. En el en el caso de que haya imposibilidad de trabajar, Íñigo Sagardoy afirma que el empresario no puede sancionar a un trabajador que no asista a su trabajo porque está imposibilitado de moverse, pero la duda es si se van a poder recobrar las horas perdidas.
En consecuencia, si no puedes llegar a trabajar gracias a la nieve, es esencial que notifiques a tu empleador inmediatamente para informarles de la situación. Pero si el empleador cree que has podido llegar a trabajar a pesar de la nieve, entonces posiblemente tengas que compensar el tiempo perdido con horas extras o días adicionales. Como conclusión, en España, los trabajadores tienen derecho a un día de asueto si no tienen la posibilidad de acudir a su rincón de trabajo gracias a la nieve. No obstante, es importante que los trabajadores comuniquen su sepa, proporcionen una justificación y estén libres para trabajar en el lugar de trabajo si el empleador lo pide. Si un trabajador es despedido o penalizado por no acudir a su lugar de trabajo gracias a la nieve, el trabajador está en su derecho a demandar a su empleador.
Lo que no puede hacer la compañía es sancionarte por no ir a tu puesto si está acreditada la fuerza mayor”, explica el abogado de Legálitas. “No obstante,si la medida se alarga en el tiempo no asesoraría a un padre ni a una madre faltar varios días seguidosal trabajo sin pactar con la empresa, ya que se arriesga a ser despedido o a que se entienda como abandono de puesto de trabajo”, ha añadido. “En el momento en que no se puede por una situación de fuerza mayor no hay incumplimiento de ningún género y no cabe sanción. No ahora el despido,sino más bien ningún tipo de sanción”,ha puntualizado Martín Godino Reyes, socio directivo de Sagardoy Abogados a un equipo del Telediario. Tras el paso de laborrasca Filomena y las profundas nevadas,en laComunidad de Madrid, Castilla- La Mancha, Aragón, Cataluña o el interior de la Comunidad Valenciana, asistir al puesto de trabajo se ha difícil para bastantes.