Me Pueden Despedir Estando Embarazada España 2022

Esta oportunidad de negociar depende totalmente de los intereses de la trabajadora, ya que de qué forma hemos indicado previamente la compañía no tiene oportunidad de denegar la reincorporación si el despido es nulo. Es muy aconsejable que un profesional del derecho, te asista y asesore, por lo que te volvemos a recomendar que acudas a los gabinetes jurídicos de UGT. Por este motivo te recomendamos mostrar tu caso de forma más completa ante los servicios jurídicos de UGT, que te correspondan por Federación y/o territorio.

Si no andas acorde tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnarlo. Si bien en la práctica, algunas compañías lo hacen, es un fraude a la seguridad social. El juez, una vez conmemorada la vista, decretará la extinción como procedente o nula, y jamás improcedente.

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2.- La compañía deberá seguir a la instantánea readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse el despido, así como a abonarle los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el momento en que la readmisión tenga rincón. Pese a su embarazo, una trabajadora puede ser despedida si se demuestran las causas que justifican el despido. El intérvalo de tiempo que reconoce la ley es de dieciséis semanas en el caso de parto simple, si es múltiple se incrementa en dos semanas mucho más por cada hijo a partir del segundo. Asimismo se amplía un par de semanas en el caso de discapacidad del hijo. En los casos de parto prematuro o de hospitalización tras el parto del neonato, podría ampliarse la duración de la prestación, si la hospitalización tiene una duración superior a siete días. No hay nulidad si no se manifiesta la situación de embarazo en la conciliación.

Así pues, toda embarazada estará cuidada en frente de despido desde el instante en el que se entera que está embarazada hasta 12 meses después de que el bebé haya nacido. Como te comentamos, despedirte por estar embarazada en un contrato indefinido es totalmente ilegal, lo que quiere decir que el despido pasa a ser completamente nulo tal y cómo decreta el producto 55 del Estatuto de los trabajadores. En caso de despido objetivo se tiene derecho a una indemnización de 20 días al año trabajado. Esta indemnización no incrementa por el hecho de estar embarazada.

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Como no tienes obligación de decir nada, quizás esperaría a pasar al periodo de prueba si tienes la mínima sospecha de que logre extinguir la relación laboral. Deberás demandar solicitando el despido nulo y una indemnización de daños y perjuicios. Asiste a un letrado de tu localidad, tienes un período de 20 días hábiles para demandar. Si coges la baja por incapacidad temporal del médico de cabecera no se enterarán del embarazo. Si solicitas la baja por peligro de la recíproca, sí, puesto que tienen que remitir a la recíproca un informe de evaluación de riesgos.

De esta manera, si estás embarazada y tu contrato finaliza la compañía va a poder despedirte puesto que ha acabado la relación laboral. 1.- Se puede despedir a una trabajadora embarazada mientras que el despido esté correctamente justificado. Si el despido resultara injustificado, resultaría nulo aun cuando la trabajadora no hubiera comunicado su embarazo a la empresa. Otro caso sería si el despido fué por accionar grave por la parte de la trabajadora. Eso sería un despido disciplinario sin derecho a indemnización. La mayoría de los empleos empiezan con un contrato de prueba que puede durar unos tres o seis meses.

El Despido De Una Trabajadora Embarazada

Por servirnos de un ejemplo, si una trabajadora ha sido contratado un año con este contrato, quiere decir que alternará una formación teorética de un año con la actividad laboral. Por ello, si por alguna de las causas indicadas anteriormente la trabajadora está impedida para trabajar, asimismo lo está para efectuar la capacitación por lo que la duración del contrato se interrumpe y continuará el día que la trabajadora se reincorpore a la empresa. Ahora bien, para que esta extinción sea posible el contrato temporal tiene que estar realizado de forma adecuada, o dicho de otro modo, no puede hallarse en fraude de ley. No obstante, también es recurrente que en el caso de despido, la trabajadora y la compañía alcance un acuerdo por el que no se deba reincorporar recibiendo una indemnización por ello. En consecuencia, es cierto que aunque no lo comuniquemos se puede reclamar la indemnización, pero es más bien difícil que un tribunal la conceda si la empresa no tenía conocimiento previo de que la trabajadora estaba embarazada. En primer lugar, si al final se produce ese despido, además de exigir que el despido sea considerado nulo, vamos a poder reclamar una indemnización de daños y perjuicios que frecuenta oscilar entre los 3.000 y 6.000 euros.

Por este motivo, las secuelas del despido de la mujer reincorporada tras maternidad goza de exactamente los mismos derechos y protección que si el despido se hubiese producido durante el embarazo. Y no son otros que la calificación como nulo, y su inmediata reincorporación a la compañía. Por consiguiente, las mujeres embarazadas en el trabajo tienen una protección particular, pero eso no significa que no logren ser despedidas por causas justificadas como cualquier otra usado de la compañía. El embarazo, la lactancia, el tiempo de restauración tras el parto, y nuestro bebé pueden verse afectados por las condiciones del trabajo. La normativa de seguridad y salud en cuanto a la protección de la salud reproductiva buscar la protección…

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El despido deberá notificarse por los cauces reservados para ello y las causas deben estar adecuadamente justificadas en las que se explique por qué se ha despedido a la trabajadora embarazada y no a otra. La trabajadora no está conforme y considera que la compañía se está inventando esos motivos, por lo que demanda a la compañía. En juicio se revela que efectivamente, los motivos no existen y se condena a la compañía por despido improcedente. La compañía va a poder elegir entre readmitir a la trabajadora o pagarle la indemnización.

Justo cuando me dio la baja el médico, les notifiqué mi embarazo. Ignoro la situación de la empresa para saber si puede existir una causa objetiva o no. La protección la tienes, una vez estés embarazada lo sepa o no lo sepa la empresa.