Indemnización Por Cambio De Nombre De Empresa

La nueva empresa me puede despedir al cumplir el año . Estuve 1 año y medio en una empresa y hace 1 mes nos subrogò otra. Deseo pedir la baja facultativa y no sé si tengo q avisar con 15 días xq sigue la antigüedad , o no es requisito al llevar 1 mes con esta nueva compañía .. Sobre el convenio colectivo aplicable tras una subrogación lo comento en el presente artículo. Tu salario no puede bajar de forma automática, pero sí que podrían cuando se te aplique, acomodar los pluses sin modificar la cuantía ni los conceptos salariales o extrasalariales. Mi abogado me dice que he hecho lo que debía realizar, que fue en el instante que me brindaron de alta médica, comunicarlo a las dos empresas a fin de que se llevara a cabo la subrrogación o por el contrario firmarán un despido improcedente.

Trabajaba como indefinido para una empresa que ha perdido un concurso para una compañía estatal y tras cinco años con ellos no me quieren pagar indemnización por el hecho de que más allá de que el convenio no refleja nada sobre subrogación, se acogen al art 44 del ET. El caso es que la compañía entrante, con la que he firmado otro contrato indefinido, no desea hacerse cargo de la antigüedad y me mejora substancialmente el contrato. Para pasar a un trabajador de una empresa a otra, ha de ser el empresario el que despida al trabajador de la compañía A (pagándole el finiquito y la correspondiente indemnización), para contratarlo en la empresa B.

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Y para colmo en este momento en el momento en que me he descargado los datos fiscales para confeccionar mi declaración de la renta, me he dado cuenta que en los meses que ellos me han comprado las nóminas no me practicaron retención ninguna. He mirado las que me han mandado en lo que llevamos de año y tampoco tienen retención. No se si es en exactamente el mismo centro de trabajo o funciones…. Podría ser una sucesión empresarial, y en tal caso, deberían respetarte antigüedad y contrato de trabajo. Se deben respetar las condiciones laborales, sin perjuicio de que la compañía logre cambiar las condiciones laborales a través de una modificación importante de las condiciones de trabajo del producto 41 del ET, si existe causa para esto.

Con el beneficio de que el empresario tendrá que pagarte la indemnización por despido improcedente (que es la indemnización mucho más alta que reconoce la ley). Lo relevante no es tanto lo que apunta el contrato, sino las condiciones laborales que teníais. Con los datos que me comentas, puede que se intente una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. No, se deben respetar todas y cada una de las condiciones laborales que tenía la persona trabajadora.

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Para que tengamos la posibilidad darte una respuesta, lo mejor es que nos te pongas en contacto mediante nuestro servicio de videoconsulta online. En él, un letrado especializado en la materia resolverá todas las inquietudes que tengas respecto a esta cuestión en concreto. El problema aquí lo podemos encontrar cuando la compañía pide al empleado extinguir la relación laboral para firmar unas novedosas condiciones. En este caso, el trabajador sí pierde su antigüedad y las condiciones adquiridas.

¿qué Obligaciones Tiene La Novedosa Empresa Que Contrata Al Trabajador?

En este preciso momento estoy recibiendo burofaxes de la empresa en la que se me señala que paso a tener 3h semanales. Pasar de 13 horas a 3 no me parece nada legal y quería comprender si les puedo reclamar recobrar la jornada con la que la empresa hizo mi subrogación. Si es una subrogación obligada, o sea, por convenio o por que hay sucesión empresarial, no existe derecho a indemnización. Si no estáis obligados a ser subrogados, podéis continuar en la compañía actual, y que sea ella la que decida cuales son vuestras nuevas tareas. Si hay un cambio de dueños, quienes recojan el testigo de la empresa han de asumir la antigüedad del personal. Aunque cambien las condiciones laborales, los trabajadores no pierden su antigüedad.

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Como enseñamos en el post, el nuevo dueño debe sostener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado. Buen día en mi empresa en la que laboro hubo cambio de razón social, y Atodos los trabajadores nos hicieron firmar renuncia facultativa, llevo 7 años con ellos, y ahora me están pidiendo la documentación completa como si fuera nuevamente ingreso, que procedería si me despidiesen. En el caso de que los nuevos propietarios deseen extinguir la relación laboral, para el cálculo de la indemnización por despido se tendrá en cuenta tu antigüedad. Para lograr ofrecerte una contestación, deberíamos consultar tu contrato de trabajo, para saber si andas contratado para esa estación o tienes movilidad, además de tu Convenio Colectivo. Lo destacado es que nos te pongas en contacto en tanto que tu comentario requiere de una consulta. Yo llevo en esta empresa 13 años y hace unos meses solicité cambio de puesto (asimismo funciones de teleoperadora, pero para otra cosa) hasta febrero de 2022, pues habían ganado un concurso y de esta forma podía teletrabajar.

Al Tener Una Cláusula Que Permite La Subrogación, ¿puedo Negarme A Trabajar En La Otra Compañía?

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es un impuesto que se ha comenzado a utilizar en tu nómina de enero. Supone una retención nueva de 0,6 puntos sobre el salario… – Se pacte lo opuesto mediante los representantes legales de los trabajadores. Pero a fin de que esto se genere, será preciso que demandes al empresario ante el Juzgado de lo Social. Así que, hasta que el juez confirme el incumplimiento del empresario y dicte sentencia, tendrás que seguir acudiendo a tu puesto de trabajo como todos y cada uno de los días. Es ilegal que tu jefe te pase de una empresa a otra que asimismo es suya, en el momento en que lo lleve a cabo sin tener tu consentimiento y esto te cause algún perjuicio en las condiciones de trabajo que tenías.

Ya que no sabría decirte dada la poca información que nos han facilitado por ahora, la que, según la gerencia del cine, es que compraban todo cuanto había en el restaurante y que al fin y al cabo era una subrogación. Pero el local en sí supongo que lo alquilan en tanto que está dentro del propio cine, si bien esto es una suposición. De todos modos, sea venta o externalización, ¿Cuál de ellas nos ordena a ser subrogados y cuál nos abre otras opciones? Si, tiene obligación de sostener el salario y la forma de pago.

¿Qué Ocurre Tras El Cambio De Titularidad De Una Empresa?

Según mi compañía antigua fuí subrogado pero la novedosa compañía dice que esa subrogación no existe. Me dieron de baja de la SS y la compañía nueva no se encarga de mi. No es necesario firmar un nuevo contrato después de la suborgación. Lo que quiere el nuevo empleador es efectuar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y puede llevarlo a cabo si tiene causa para esto y sigue el trámite conveniente. TE lo tiene que proseguir pagando, cuestión diferente es que podría llegar a quitarlo a través de una modificación importante de las condiciones de trabajo si existe causa para esto. En la compañía B tienen asignados en su convenio niveles retributivos (nivel 1, nivel 2 nivel 3…) según la antigüedad del trabajador.

Cambio De Titularidad De Una Compañía Blog Asesoría Laboral

Cada dos años suben de nivel retributivos por antigüedad a toda la plantilla. Yo fui surrogado,firmamos un archivo donde nos aseguran que nos respetan todo salario,antigüedad y que nos tienen que respetar todos y cada uno de los derechos y obligaciones que teniamos;complementos personales como ticket de comida,km,etcétera. En el segundo caso, se puede despedir si tiene causa para esto, pero la compañía tendrá que acreditar no solo la causa del despido, sino el porqué se despide a ese trabajador y no a otro.

En caso contrario, abona la empresa entrante toda la paga plus, sin perjuicio de la compromiso de la otra compañía de la parte generada hasta el día 9 en el caso de impago. No hay un período de preaviso para avisar de la subrogación. Si no andas de acuerdo puedes impugnarlo ante el juzgado. Visto que solo te subroguen a ti no determina automáticamente que no se te deba subrogar. El día de hoy 30 de enero a las 13’00 h me avisan por teléfono para firmar un archivo (sospecho que contrató nuevo) para empezar el día 1 de febrero.