La mutua debe pagar, salvo que no poseas derecho a la prestación de incapacidad por que no poseas el periodo previo cotizado. La consulta es ¿me van a abonar algo día diez de noviembre que me dieron la baja al 23 que me avisaron que la baja quedaba sin efecto? Habría que ver que es lo que dice el convenio colectivo, o el acuerdo alcanzado con la empresa por el pago de esos gastos para entender si se puede reclamar o no. Muchas gracias, disculpa mi ignorancia ¿ como calculo mi despido? Hasta final de Mayo me estuvo pagando la seguridad popular y hasta el día de despido, la empresa. Buenos días, estoy de baja temporal por patología común, y la gerente de la tienda ha comunicado que van a cerrar el 31 de Enero, van hacer un despido colectivo por cese de actividad.
Sí, a lo largo de la baja es normal que no se cobre todo. Dependerá de lo que indique el convenio colectivo. Lo primero que habría que ver es si andas en periodo de tiempo de actividad y si prosigue ésta, en tanto que va a ser esencial para comprender la cuantía abonar. Para ver los cálculos te recomiendo que acudas a un letrado de tu ciudad. Sobre la información del término de recaída y derechos de los trabajadores te invito a este producto.
Esta clase de bajas son ocasionadas por un incidente laboral o patología profesional. Entendemos que son las patologías contraídas fruto del trabajo realizado. De ahí que, ha de ser consecuencia de las actividades especificadas en el cuadro de enfermedades expertos. A dios gracias, los trabajadores de baja están en su derecho a continuar cobrando su sueldo. Hay alguna ligera excepción donde la baja no viene acompañada de la remuneración.
¿cuánto Se Cobra Por Estar De Baja Por Enfermedad Común?
No se descuenta de un paro futuro, y te seguirá pagando la empresa hasta el momento en que te den el alta médica. Mientras estés de baja debes pedir el pago directo a la seguridad popular o a la recíproca. Por otro lado, puedes impugnar la decisión empresarial de extinguir la relación laboral. Ahora que me dieron el alta en el hospital, me escribió diciendome que solo me vá a pagar un fin de semana que es lo que he trabajado, en el momento en que el contrato es por 3 semanas y ademas he estado de baja médica, ingresada un mes y medio.
A esto habría que añadir la duración de la baja, ya que según la situacion determinará el pagador. En el momento en que charlamos de la gestión de bajas laborales, en este caso de bajas con motivos de patología profesional o incidente laboral, es requisito entender todas las leyes de recursos humanos que afectan esta clase de procedimientos. La influencia económica derivada de las bajas médicas y por patología laboral, las que son usadas por más del 3% de los trabajadores por cuenta ajena, no es nada desestimable. Es por ello que tener claro si es la mutua, la compañía o la Seguridad Popular, la encargada de pagarnos caso de que precisemos utilizar este beneficio.
También tenemos que añadir que se hace cargo de la gestión y el pago de esta prestación el INSS o la Mutua colaboradora. Paga directamente por la parte del INSS en todos y cada uno de los casos. Posteriormente, la compañía debe remitir este parte a la Mutua en un período de cinco días. Como ahora enseñamos en precedentes productos, el paso inicial para la concesión de la Incapacidad Temporal es acudir a un médico que valore si ésta debe o no ser concedida.
Situación 2: Cobrando La Prestación Por Desempleo O Subsidio
No creo que consigas llevarlo a cabo este lunes, puesto que seguramente no acepten la demanda. Es dependiente un poco del juzgado que admitan la demanda en situación de alarma. Gracias Alejandro, disculpa lo enrevesado, pero la situación también lo es… no encuentro información por ningún lugar. Creo no podrían ser validas si la fecha de alta sea la real de cuando me la den…si fuera el 15 de abril, me debería incorporar ahora ese 1 de Junio. No se como es la situacion de Ana, que no te respondió, pero es la misma duda que tengo yo, que si he llegado a los 545 días.
Ahora termina de enseñar un erte por la situación actual. De ahí que estoy un poco perdida…porque yo no he entrado en el ERTE al no estar de alta medica pero tampoco me han pagado la nomina adecuadamente a mi entender. Y aun no tengo el alta por el hecho de que he tenido varias adversidades.
¿quién Paga La Baja Laboral De Un Trabajador?
Es esto legal, y mucho más en esta situación de urgencia? Si es por incidente laboral, te proseguirá pagando la mutua. Por otra parte habría que comprobar las causas de extinción de la relación laboral para poder ver si se puede impugnar la extinción de la relación laboral. En caso de baja por enfermedad o incidente laboral, los dos de carácter transitorio, las empresas abonarán al trabajador o trabajadora la diferencia final entre lo que abone la Seguridad Social y el salario pertinente según el presente Convenio. Si coges la baja durante la relación laboral, teniendo derecho a la baja por incapacidad temporal por tener cotizados 180 días en los últimos cinco años, sí, cobrarás mientras estés de baja por incapacidad temporal.
La explicación es que estas bases vienen reguladas por el IPREM (Indicio Público de Renta de Efectos Múltiples) que es un índice que utiliza el Gobierno para regular estas posibilidades, subvenciones o el subvención de desempleo. La otra empresa tiene que contratarte si bien estés de baja. No se ha que se refiere a baja por SSC, ni entiendo por que el médico lo va a borrar del sistema. He visto en el momento en que me han enviado la nómina que me han quitado más de 400e supuestamente por un ajuste digo yo que por la baja. Buenas, he estado de baja un mes en mi compañía gracias a ansiedad. No es automático, tienes que soliciar el pago directo a la recíproca o al INSS.
Si dicha baja tiene rincón como consecuencia de patología profesional o incidente de trabajo, entonces el derecho a percibir el subsidio económico se genera a partir del día número dos de la baja en cuestión. Continúa en situación de incapacidad temporal continua en situación de alta en la Seguridad Social, y la Entidad Gestora es la que abona las cotizaciones por las contingencias recurrentes, salvo las que son de accidentes de trabajo y patología profesional. Una vez definida la base reguladora, los pagos que tendrá que realizar la compañía serán, además de los pagos encargados o al cargo de la empresa por la incapacidad temporal, la cuota de compañía de los seguros sociales correspondientes a ese trabajador.
Por Convenio Colectivo o acuerdo, este subvención puede complementarse a cargo de la compañía empleadora hasta un preciso porcentaje del salario que el trabajador siente en el momento en que está en activo. Por este motivo es necesario revisar en el convenio colectivo y/o en el contrato si existe dicho complemento y los requisitos y condiciones para su cobro. El abono de la prestación económica de la baja laboral lo hace la empresa con exactamente la misma periodicidad que los sueldos. Si bien podemos destacar que la prestación por incapacidad temporal corre al cargo del INSS o la Recíproca Colaboradora, dependiendo del tipo de baja y la duración de exactamente la misma.