El Tiempo De Servicio Militar Cuenta Para La Jubilación

Una vez se disponga de ese certificado es requisito dirigirse a la Seguridad Popular para pedir la incorporación de ese tiempo de servicio en la Vida Laboral a fin de poder tenerlo presente de cara a la jubilación y a la futura pensión a sentir. El tiempo de servicio militar tiene una duración diferente en dependencia de la fecha de su realización. Si en el periodo que haya de tomarse para el cálculo de la base reguladora apareciesen meses durante los que no hubiese existido obligación de cotizar, las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de entre todas las que ya están en todos y cada momento. En el instante en el que se solicite la jubilación, se aplicarán al importe de pensión real final las retenciones del IRPF que corresponden, de conformidad con la legislación fiscal en vigor y en función de su situación personal y familiar. Logramos que colega A.T.G. sea compensado con 1.300 € por la compañía de electricidad en tanto que exactamente la misma llevaba años aplicándole en su factura una penalización por no instalar el Interruptor de Control de Capacidad sin que se diesen los requisitos necesarios para aplicar la citada penalización. Como trabajador autónomo tienes disponible “Tu Seguridad Social”, una herramienta que te deja comprender las fechas en las que lograras entrar a tu jubilación y la cuantía que te correspondería cobrar (asimismo libre para trabajadores por cuenta ajena).

Desde 1984 el tiempo de “mili” se redujo a 1 año y desde 1991 a 9 meses hasta su desaparición definitiva. Hasta 2001, el servicio militar era obligación para todos los jóvenes mayores de 18 años. Un año fuera de casa de maniobras militares, tiro, instrucción, guardias, cocina y de paréntesis en los estudios o el trabajo. Esta alternativa puede ser realmente útil para aquellos autónomos y trabajadores por cuenta extraña que con el tiempo cotizado hasta el momento no alcanzan a llegar al preciso para jubilarse de manera anticipada, ya sea de manera voluntaria o involuntaria. A esta instancia hay que adjuntarle copias compulsadas del DNI y de la cartilla del servicio militar. Esta instancia se puede enviar a través del correo certificado oficial desde cualquiera oficina de correos y asimismo se puede presentar de manera directa en la Delegación de Defensa de la provincia donde, además, compulsarán las fotocopias.

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Por este motivo, solo en caso de que esta cotización sea necesaria, se va a abrir una pantalla pidiendo que se cumplimente el período de dicho servicio militar. Si no es necesario, no se debe señalar nada», destaca la Seguridad Popular en su portal web. De esta manera, si solo son precisos, por servirnos de un ejemplo un par de meses para realizar los años demandados para retirarse antes de la edad establecida, únicamente contarán como cotizados esos dos meses. Para la jubilación parcial(art. 215) se debe acreditar un periodo de cotización de treinta y tres años y solo se computará el período de prestación del servicio militar obligación o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año (como sucede con la jubilación anticipada). Así pues, para entrar a la jubilación adelantada facultativa el usado debe tener, por lo menos, 35 años cotizados.

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Es cierto que no hay una regla establecida para aplicar el cómputo del intérvalo de tiempo de la \’mili\’ en el cálculo de la pensión ordinaria en caso de jubilación adelantada. Pero sí aparece contemplado como una excepción en esos casos en que los interesados logren acreditar haber cumplido con el servicio militar superior obligatorio en su instante. Este sistema solo sirve, por tanto, de cara a una posible jubilación anticipada, pero no para progresar el coeficiente reductor de una jubilación adelantada.

¿cuándo Está Sosprechado Que El Tiempo Dedicado Al Servicio Militar O La Prestación Popular Sustitutoria Sean Tenidos En Cuenta?

Sin perjuicio de lo anterior, sí es posible explotar el periodo de tiempo de servicio militar o prestación popular sustitutoria, pero en el caso de entrar a la jubilación adelantada. Teniendo en cuenta esto, si tienes 34 años cotizados y hiciste el servicio militar podrás entrar a la jubilación anticipada. Esto se debe a que ‘la mili’ computa hasta un año más de intérvalo de tiempo contributivo, con lo que sí estarías llegando al mismo tiempo mínimo cotizado que se pide para 2021. Así, para el cálculo de la jubilación ordinaria, a fecha actual , no se tiene en cuenta el periodo de tiempo de Servicio Militar Obligación o Prestación Popular Sustitutoria. Y en los casos de esos que después de la mili prosiguieron prestando sus servicios como militares profesionales, únicamente se va a tener en cuenta el periodo de tiempo cotizado en el ISFAS que exceda el de servicio militar obligación. Al fin y al cabo, los períodos solo se computan para alcanzar el período de cotización específico en la situacion de jubilación adelantada, voluntaria o involuntaria.

Un año tras otro, desde 2011, el gobierno viene postergando el reconocimiento del tiempo invertido en la mili y la prestación popular sustitutoria a efectos generales de cotización. Y en 2020, hubo un nuevo aplazamiento y por el momento, en 2021 la situación no ha variado. Por último, y de acuerdo con la normativa vigente, la jubilación facultativa antes de tiempo pide la acreditación de un periodo mínimo de 35 años cotizados, entre otros muchos requisitos. En ningún caso el tiempo añadido al cálculo de la pensión podrá ser superior a un año, ni por el servicio militar ni por la prestación social.

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Por este motivo, sólo caso de que esta cotización sea precisa, se va a abrir una pantalla pidiendo que se cumplimente el período de tal servicio militar. Éste sería el caso de un trabajador que quiere jubilarse anticipadamente por proceder de un cese involuntario según lo demandado en la ley y que acreditase un periodo de tiempo de cotización de 32 años. En este caso podría alcanzar los 33 años de cotizaciones exigidos si hubiese prestado 12 meses de servicio militar. El efecto de este se limitaría a poder cumplir dicho requisito de ingreso a la jubilación adelantada, siendo su periodo de tiempo de cotización a todos los otros efectos, incluyendo el del cálculo de la pensión, de 32 años. Según el organismo regulador, el período del servicio militar o de prestación popular en su defecto solo puede computarse para lograr la cotización concreta caso de que vaya a solicitarse la jubilación adelantada, tanto facultativa como involuntaria, y con un límite máximo de un año. Existe, por tanto, una previsión legal para que se modifique la legislación, de modo que el tiempo que se dedicó al servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria sean tenidos presente para la concesión de prestaciones de la Seguridad Popular.

Una vez se disponga de ese certificado, el entusiasmado debe dirigirse a la Seguridad Social para solicitar la incorporación de ese tiempo de servicio en la Vida Laboral. Acreditar ante la Seguridad Social el tiempo que pasaste haciendo el Servicio Militar Obligación. Para esto, deberás dirigir una instancia a la subdelegación del Ministerio de Defensa de la provincia en la que residías cuando empezaste el servicio. Que el importe de tu pensión sea mayor a la cuantía de la pensión mínima que te sea correcto al cumplir los 66 años.

Por ejemplo, si en tu época la mili obligatoria era de 9 meses, pero fuiste antes como voluntario o continuaste una vez terminado el intérvalo de tiempo obligación, cabe la oportunidad de que ese tiempo plus sea tenido en cuenta para tu jubilación. A los gobernantes de carrera que tuvieran tal condición al incorporarse al servicio militar, se le computa dicho intérvalo de tiempo a efectos de cotización y antigüedad . A los funcionarios de carrera que adquirieron tal condición tras el cumplimiento del servicio militar sólo se le computa el exceso del intérvalo de tiempo obligación, tanto a efectos de cotización como de antigüedad.

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Para lograr sumar el tiempo del Servicio Militar Obligatorio a la cotización es necesario que la ‘mili’ se prolongara a lo largo de por lo menos 9 meses, y como máximo podrá sumarse un año a exactamente la misma. De esta manera, si se consigue a computar un año más, sería preciso con tener cotizados 34 años para lograr acceder a la jubilación anticipada. ¿Sabías que si eres autónomo y has hecho ‘la mili’ puedes entrar a la jubilación anticipada o agregar un año más de cotización?