Cuanto Tarda El Inss En Contestar Una Reclamación Previa Foros

Una vez notificada la resolución sobre la Reclamación previa, y de ser ésta nuevamente denegatoria, tendremos un período de 30 días hábiles para presentar la demanda judicial en el Juzgado de lo Popular. El objeto de la Reclamación anterior no es otro que incluir fundamentos jurídicos o médicos por los que –a nuestro juicio- se debe otorgar la invalidez laboral. En caso de aprobarse, se anulará el Acto administrativo por el que se denegó la pensión de incapacidad y se dictará nuevo Acto administrativo concediéndola. De esta manera, se debe interponer para resoluciones de revisión de nivel con las que no estemos en concordancia. Por consiguiente, si solicitas por escrito algo a la Seguridad Popular y este no te contesta, aunque esté obligado a hacerlo, se considera silencio administrativo.

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Resulta conveniente rememorar que el apartado 1 del producto 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común establece que la «administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos y cada uno de los métodos cualquiera que sea su forma de iniciación». Más tarde, la persona trabajadora tiene un plazo de 30 días hábiles para enseñar la reclamación previa, y desde el instante de la presentación, el INSS dispone de un período de 45 días hábiles para la resolución. En el escrito de reclamación previa debemos especificar que grado de incapacidad permanente solicitamos; parcial, total, absoluta o gran invalidez además de especificar de forma clara y breve todas y cada una de las restricciones médicas que contamos por las que solicitamos la incapacidad permanente. Para la presentación del escrito de Reclamación Previa la Ley no exige la intervención de abogado ni de graduado social. No obstante, si se cometen errores de hecho o de derecho en el contenido de la Reclamación Previa, y esta es desestimada, no podremos corregir esos fallos en vía judicial.

¿qué Plazos Tengo Para Enseñar Demanda Judicial En El Caso De Que Me Denieguen La Reclamación Previa?

En la resolución no hace aparición que tengo una intervención quirúrgica preferente y no he podido reincorporarme a mi puesto de trabajo. La fecha de entrada es en el momento en que se presenta, no cuando ellos lo comienzan a valorar. Soy Javier y tengo discopatia degenerativa lumbar y protrusiones.Tengo Radiculopatia irritativa L5 izquierda.Tengo 57 años .El INSS me ha rechazado IP tras 545 días de baja.Tengo dolores noche y día y la Inspectora ha dicho una sería de embustes en el informe.Me podéis dar vuestra opinión? Solucionar las reclamaciones anteriores en el período de 45 días previsto en la normativa.. Esta fórmula facilita los trámites y añade seguridad jurídica en la presentación. La Reclamación previa se debe presentar en cualquier oficina de registro de la Seguridad Popular , de forma física.

De todos modos ese plazo no es para la reclamación previa, sino que es el período que tiene el INSS para responder a la solicitud inicial de incapacidad persistente. Por ende, como la ley reguladora de la jurisdicción popular se refiere a días, sin decir expresamente que son naturales, estos tienen que comprenderse hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos donde está la dirección provincial donde se presenta la reclamación. Como hemos indicado anteriormente, la resolución debe detallar el plazo que hay para la reclamación, siendo este de 30 días hábiles que comienzan a contar desde el día siguiente al recibir la notificación. Tras la solicitud de un individuo trabajadora de una incapacidad permanente, se encuentre o no de baja o haya fatigado o no la incapacidad temporal.

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Comprendo que son 90 días para la petición, y posteriormente, tras la presentación de la reclamación anterior, son 45 días. Si andas en un proceso judicial no existe silencio administrativo, el TSJ resolverá sobre tu caso. Eso sí, pese al silencio administrativo, jamás se podrá conseguir la prestación a personas que legalmente beneficiarias o por una cuantía mayor a los límites del FOGASA que aquí enseñamos.

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Comprendo que te refieres al complemento de maternidad, tendrás que presentar una reclamación anterior u sino demandar. El silencio administrativo es negativo, y en un caso así, entiendo que el período para contestar es de 90 días. En primera instancia, no se precisa abogado ni procurador en el procedimiento frente al juzgado de lo social. De entrada, el plazo es de 30 días desde el silencio, pero como indico en el artículo, la jurisprudencia considera que no existe plazo. Resulta conveniente recordar que el producto 33 del Estatuto de los trabajadores recopila el silencio administrativo como positivo después de múltiples sentencias del Tribunal Supremo que de esta manera lo habían considerado como por poner un ejemplo, la sentencia del 26 de junio de 2020.

Yo no deseo jubilarme pero sí creo que tengo derecho a operarme y reincorporarme con calidad de vida después de un montón de años trabajando.Por ahora estoy sin cobrar ni cotizar. En esa solicitud inicial, el INSS cuenta con un período de 135 días hábiles para contestar. En caso de que no lo realice, se entenderá desestimada la petición por silencio administrativo negativo. Por consiguiente, como señalamos al comienzo del artículo, el procedimiento para la concesión de la incapacidad persistente se inicia con la solicitud de la persona trabajadora o, principalmente, a instancias del INSS. El paso previo antes de enseñar una demanda ante los Juzgados de lo Social pidiendo una incapacidad permanentes es enseñar una reclamación previa ante la Dirección provincial del Centro Nacional de la Seguridad Popular -INSS- que ha rechazado la concesión de la incapacidad persistente. En su comunicación se indica que la reclamación anterior en temas de maternidad presentada por la interesada, el 22 de septiembre de 2015, anteriores los trámites necesarios del procedimiento, fue estimada y comunicada a la interesada por escrito de fecha de salida de 19 de febrero de 2016.

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Tras una prueba de apnea, me pusieron un régimen de cpap y hoy duermo con mascarilla, en tanto que por lo visto tengo paradas mientras duermo. Es verdad que solo llevo 5 días con el tratamiento pero desde septiembre que me denegaron la incapacidad hasta día de hoy 25-enero, prosigo sin poder ejercer mi trabajo. Puesto que en teoría el paso covid trajo mucho más complicación al comienzo de asma que me diagnosticaron años atrás.

Qué Es El Silencio Administrativo

En el mes de mayo me llega por carta certificada la denegación de la misma y con el motivo «supera renta». Buenas, mi caso es que tras el covid, me dejó secuelas de fatiga, dolor de cabeza, falta de memoria y en muchos casos de concentración, me cuesta pensar las cosas. Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente.

Del mismo modo, asimismo se considera silencio administrativo cuando es nuestra administración la que empieza un procedimiento que no concluye sin que la persona trabajadora conozca la resolución. Es difícil en estos temas ofrecer una opinión, en tanto que es una cuestión médica. En todo caso, si no estás conforme, deberás demandar, pero primero tienes que enseñar una reclamación previa. Una duda que tengo sobre esto es si hay que aguardar 45 días hábiles o naturales desde que se interpone reclamación anterior. Para estar pendiente y también ir al juzgado en cuanto pase el plazo por silencio administrativo. Va a ser entonces, cumplido el período de silencio administrativo, en el momento en que logres interponer una reclamación anterior para proseguir peleando por tu pensión.

Luche por sus derechos, piense en su futuro, solo dependen de ustedLe asistimos a hallar sus derechos y su dinero.Contácteme. Esto es que si la cuenta de los 45 días era con festivos incluidos , o eran 45 días hábiles sin contar festivos ni domingos . Espero enserio que el hombre mandase la documentación por que con la proporción de papeles demostrativos que envié es seguro que deberían de deducir la reclamación. Casi cien hojas entre las escrituras del piso(las que me desordenó el funcionario, y estoy asustado que me la desestimen por ese motivo) ,certificados,fe de vida y todo cuanto pude adjuntar para demostrar mi patrimonio. Te mereces una escultura por todo cuanto aportas y lo que procuras ayudar a la multitud.