El importe de la prestación va a ser el 75% de la base reguladora de cotización, en el momento en que la incapacidad sea absoluta y persistente. Sin embargo, cuando la incapacidad sea parcial y permanente, el importe va a ser el 50% de la base reguladora. Además, se establece una bonificación del 25% en el importe de la prestación, cuando el beneficiario tenga menos de 45 años de edad.
En concreto, si la persona beneficiaria es mayor o menor de 52 años, se calcula de forma diferente, además de variar en función de los años cotizados. Sí, en caso de que la incapacidad total se produce porenfermedad común, laSeguridad Socialexige una determinada cotización dependiendo de la edad de la persona perjudicada. Con unaedad entre diez y 30 años de edad, es requisito haber cotizado una tercer parte del tiempo desde el cumplimiento de los 10 años de edad. En situación para cobrar la pensión por incapacidad persistente total hay que contemplar que la persona no esté en situación de empleo de hoy, ni de baja médica, ni cobrando una prestación de desempleo, ni en otras situaciones. Aquí los efectos retroactivos se contará también desde el momento en que dejó el último empleo. Cuando derivan deaccidente de trabajo y patología profesional, se complacen en 12 pagas, puesto que las pagas poco comúnes están prorrateadas en las mensualidades ordinarias.
Pero si hablamos de una enfermedad , se considerará como profesión frecuente a la que la persona se ha dedicado durante los doce meses precedentes a la fecha de comienzo de la incapacidad temporal -de la que deriva la incapacidad persistente-. La manera de calcula la base de cotización depende la incapacidad permanente que se vaya a solicitar y de la causa, patología o accidente laboral o común. B) Si el causante tiene cumplidos treinta y un años de edad, la cuarta parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los veinte años y la del hecho causante de la pensión, con un mínimo, en todo caso, de cinco años. En este supuesto, al menos la quinta parte del período de cotización exigible deberá estar comprendida en los diez años en el instante anteriores al hecho causante. Tanto en la situacion de la incapacidad permanente total con un 55% (o 75% si es cualificada) se puede sumar el complemento de gran invalidez en el momento en que se cumplen las condiciones del supuesto en verdad. El complemento se calcula sumando al 45% base mínima de cotización vigente en el instante del hecho causante un 30% de la última base de cotización del trabajador.
Antes de argumentar la cuantía de la pensión, es importante advertir que es necesario un intérvalo de tiempo de cotización mínima en caso de que la incapacidad permanente proceda de una patología común. Si la persona tiene más de 31 años, el periodo genérico de cotización es la cuarta parte del tiempo transcurrido desde el momento en que la persona cumplió la edad de 20 años y la fecha donde se produjo la causa de la incapacidad, con un mínimo de 5 años cotizados. Así, es vital que el trabajador pruebe a través deinformes médicos que hay restricciones físicas o psíquicas que impiden a éste continuar con su profesional habitual.
¿cuál Es La Fecha En La Que Se Comenzará A Cobrar Una Incapacidad Permanente Total?
Hola Alejandro, eso quiere decir que cuanto mas mayor sea la persona menos se cobra? Eso no lo concede el INSS, sino más bien la red social autónoma como aquí explico. Quisiese comprender si puedo solicitar incapacidad parcial. Tengo Apnea del sueño en nivel severo ( + 60 por hora ) y si bien uso CPAP, llevaba ahora unos meses que notaba que no estaba bien, vuelvo a levantarme cansadísimo y con fatiga una gran parte del día.
– En la empresa en la que tuve el incidente llevaba trabajando tres meses. Ke kiere decir esto ke tengo dos prestaciones contributivas una la incapacidad persistente total ke cobro 503,90 y un subvención ke aún no se la proporción de hace dos años. He cotizado en los 8 últimos años por la cotización máxima, y estoy en trámite para la evaluación de la INCAPACIDAD que probablemente me sea resuelto con invalidez absoluta. Si andas percibiendo una pensión por una incapacidad persistente total, sí, puedes solicitar el incremento. Por ceguera de un ojo o pérdida esencial de visión se han concedido incapacidades permanentes parciales o totales, es dependiente de la profesión.
¿Deben Llevar A Cabo La Declaración De La Renta Las Personas Adjudicatarias De La Incapacidad Persistente Total?
La incapacidad persistente total se cobra desde el día siguiente al en que el trabajador deja de percibir su salario, y suele ser abonada mensualmente. Sin embargo, en algunos casos es viable cobrarla de forma trimestral. Entre 31 y 40 años cumplidos, precisas un mínimo de cinco años cotizadospara acceder al cobro de una incapacidad. Pero esa cifra -cinco años- no es fija, sino más bien queva incrementando proporcionalmenteconforme a la edad. Por poner un ejemplo, a una persona con 52 años le van a soliciar, por lo menos, 8 años cotizados.
En el caso de no tener derecho a paro, se va a deber tener 90 días de cotización. En estos casos, la primera fecha se se ajusta a la fecha de emisión del dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades, así como establece el parágrafo segundo del número 2 del artículo 13 de la Orden de 18 de enero de 1996. Y la segunda va a ser aquella donde se genere el cese en el trabajo.
El Artículo Del Directivo | Los Daños Colaterales Del Smi: Jóvenes, Temporales Y Pymes
Hola tengo 62 años, me an concedido la permanente total con el 75 por ciento, 612 euros de la base reguladora de 806 euro,Mi pregunta es si en los 612 euros va incluido lo del cónyuge es que eso no lo detalla en los papeles Gracias. Si te dan la incapacidad persistente, es por que tienes el tiempo cotizado para ello. Si la compañía extingue la relación laboral, la mutua o el INSS se hace cargo de la baja.
Más que nada, si no han ejercido ninguna actividad laboral en lo últimos diez años. Porque aunque la jubilación comprende cien% de la base reguladora, si no se ha cotizado en la última década, el resultado sería una cuantía menor a la correspondiente al 75% por incapacidad. Porque dicha prestación se calculó conforme a los años trabajados antes de la dolencia que provocó la invalidez.
En ese caso, el único consejo que te puedo dar es que busques un trabajo compatible con tus dolencias. No, no se aumenta el importe de la pensión por incapacidad persistente más allá de que se aumente el grado de discapacidad. Con los datos que me indicas, es complicado ofrecer una opinión sobre las opciones de que te concedan una incapacidad persistente.