Para tener derecho a paro, tienes que cotizar al menos un año, y en un caso así, cobrarías por lo menos 4 meses de paro. Es posible si antes estabas cobrando el paro, o venías de una situación legal d desempleo. Sé que la cuantía del paro se calcula en base a la media de la base reguladora de los 6 últimos meses. Estuve haciendo un trabajo desde diciembre de 2020 hasta agosto de 2021, con media día, y he enlazado ese contrato con otro que va desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022, asimismo de media jornada.
¿Por qué desde los 6 primeros meses no sigue cobrando 21,96 € por mes? ¿Por qué ha lo calculado con el tope mínimo y no con el tope máximo? Hola, una pregunta fácil pero que no comprendo. Ahora estoy con un contrato parcial de 20h por semana, en verano voy a pasar 4 meses a un contrato de 40h semanales y tras estos días voy a pasar a 30h por semana. Entre medio, voy a tener algunos días de baja para pedir el cambio de horas en el contrato. Mis últimos dos años trabajados han sido a día completa y los 6 años precedentes a día parcial.
Depende de la duración del nuevo contrato tras una baja voluntaria, lograras tener derecho a prestación o no. Es dependiente de la base que tengas, así como el coeficiente de parcialidad. Por otro lado, meses, de entrada tendrías derecho a un año. Hola,tengo un trabajo de 9 horas por semana y en el mes de abril cumplo un año,estoy en mi derecho a alguna prestacion si no me hacen mas contrato,tengo 55 años,gracias. Se coge la media de los últimos seis meses cotizados. Conque es dependiente de la base cotizada en los 2 empleos.
Programa De Autocálculo De Prestaciones Por Desempleo
Tenemos la posibilidad de comprender nuestro coeficiente CTP en el informe de vida laboral. • El tiempo que cobremos prestación por este motivo no nos descontará el paro a efectos de futuras posibilidades. Infografía Infografía sobre excedencia voluntaria En la siguiente infografía te explicamos como solicitar la excedencia facultativa y su…
En el caso de que se haya trabajado a tiempo parcial, los topes anteriormente indicados dismuyen en función a la jornada media que se haya efectuado. Por servirnos de un ejemplo el máximo de rentas en la situacion de haber trabajado 20 horas a la semana (50% de la jornada) pasa a ser de 576,50 euros si no se tienen hijos. En una cualquiera de las situaciones, en la prestación contributiva no se tiene presente la cantidad que ganes con el contrato de trabajo a tiempo parcial. Sea como sea el importe, no impedirá que sigas cobrando la parte proporcional del paro. El trabajo parcial y el trabajo a media jornada son esos en los que los usados efectúan un número de horas inferior a lo que se considera día completa. Las horas de trabajo no van a repercutir en nuestra prestación contributiva por desempleo.
Posibilidades De Desempleo En Pago Único A Trabajador Autónomo
El importe que te quedará depende de la base reguladora. Sí, funciona, pero debes pedir la compatibilidad al SEPE. Cobrarás lo que resta para la jornada completa de la suma de ámbas parcialidades que tienes.
Pero, por poner un ejemplo, si en este momento tengo un contrato del 23 de julio al 8 de agosto, la base reguladora de julio son 345 euros y otro tanto en agosto. Para cobrar el subsidio se tiene presente el último contrato. Si el último contrato, no vale un cambio de jornada en un mismo contrato, es a día completa, se debería percibir el 100%. No te descontaran nada, pero la cuantía del paro que percibirás se verá perjudicado por la base que tienes en la actualidad, ya que se cobra dependiendo de la base de los últimos 180 días cotizados.
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No comprendí muy bien la cuestión, pero si compatibilizas el paro con el trabajo, el tiempo de paro no se prolonga, o sea, cobras el 50% de paro que te corresponde a lo largo de diez meses como máximo si es lo que has generado. La cuantía es en proporción al mismo tiempo de trabajo que poseas. Depende de la causa de extinción de la relación laboral y si estabas anteriormente a día completa, o con una jornada superior a la actual. En el momento en que llegué a Irlanda exporte mi prestación de españa por 3 meses aquí. Si concluye al fin de contrato temporal o despido, la prestación por desempleo aumentará hasta el 100%, pero no se recalcula los últimos 180 días, la cuantía de la prestación por el momento no cambia. El subvención para mayores siempre y en todo momento se cobra en su integridad, si bien provengas de un contrato a día parcial.
Por lo que, tampoco me corresponde subvención alguno. En total llevo cotizados 10 años en España y 5 en Alemania. Agradecería si me puedieran ayudar y tampoco sé si pasa a todo el mundo. Tengo contrato fijo en un Hotel a día completa, en el erte me han reducido la día al 50%, con mi base de cotización me sale que debería cobrar el tope máximo. Pero desde el inem me envian aceptación del paro de media día con el máximo mínimo.
El Trabajo A Tiempo Parcial Y El Coeficiente De Parcialidad
Tras muchos años de trabajo en mi vieja compañía concluya el contrato y me trasladé al extranjero por lo que no pude pedir el desempleo al estar fuera de España. Es dependiente de la situación previo, por el hecho de trabajar a 4 horas, si bien tengas paro generado no se puede solicitar el paro. Si es mismo contrato, cambio de horas, no se está en su derecho a paro. Si hay una extinción y un nuevo contrato, dependiendo de la causa de la extinción.
Aunque supongo que se alteraría mi grupo de cotización, ya que ahora es el de aprendiz. Si has trabajado seis meses, tendrás derecho a subvención, proporcional a la jornada laboral. Solicita el informe de vida laboral, y mira a conocer como te tienen contratado y en que porcentaje. Con el informe de vida laboral se debería llevar a cabo las cuentas de lo que deberías cobrar al compatibilizar la prestación.
Si hemos trabajado a media día, hemos cobrado menos que otra persona que haya trabajado a día completa . Como la cuantía se extrae de la base de cotización de los últimos 180 días, esta será menor. Los contratos para el aprendizaje o para la formación están dirigidos, principalmente, a los colectivos de estudiantes que quieren iniciarse en el planeta laboral. Tienen una duración parcial y son remunerados, como cualquier contrato de trabajo. Únicamente podrán entrar a este género de contratos los trabajadores mayores de 16 años y inferiores de 25, aunque los inferiores de 30 además podrían, al tiempo que su tasa de paro se sitúe bajo el 15 %. El importe de lo que se cobra en la prestación particular por ERTE se calcula como en la prestación por desempleo ordinaria que vimos en el punto A, es decir, se cobra el 70% de la base reguladora que tiene el trabajador.